Casa Ágreda. ALFREDO AGUILAR

Recurren ante la Audiencia el archivo del caso de Casa Ágreda

El empresario Ramón Arenas pide la reapertura de la causa penal al estimar que sí hubo presuntos delitos de tráfico de influencias, prevaricación y malversación

IDEAL

Granada

Domingo, 26 de julio 2020, 22:37

La vida judicial de Casa Ágreda podría protagonizar un nuevo capítulo, de prosperar el recurso de apelación presentado ante la Audiencia de Granada contra ... el archivo de la causa penal el pasado mes de febrero, por no apreciarse ningún delito en la cesión del palacete del Albaicín a la oenegé AIDE Federation.

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El empresario Ramón Arenas recurre ante la Audiencia, a la que solicita que se reabra la causa penal al considerar que sí se aprecian presuntos delitos de tráfico de influencias, prevaricación y malversación, algo que quedó desestimado, aunque la sentencia era recurrible. Una causa en la que se vieron inmersos como investigados el exalcalde José Torres Hurtado, su concejala de Urbanismo, Isabel Nieto, así como varios altos cargos de su área y la persona que estaba en conexión con AIDE.

Se investigaba el supuesto alcance penal de la forma en la que se hizo la cesión, una fórmula que consistía en un derecho de superficie de 40 años con opción a compra si la oenegé asumía una rehabilitación del inmueble valorada en cinco millones de euros. La operación quedó frustrada pues un juzgado de Primera Instancia tumbó el contrato por el incumplimiento por parte de AIDE y devolvió el inmueble a la ciudad.

En el recurso de apelación, se fundamenta un presunto delito de tráfico de influencias, que argumenta, entre otros motivos, en las «gestiones previas desarrolladas entre el alcalde y los representantes de AIDE, que resultó la adjudicataria, que indudablemente constituían un específico ofrecimiento de adquisición por un precio determinado que se concretó en el acuerdo municipal de licitación». En el escrito se considera que hubo una intención de «beneficiar» a la asociación, cuyo «supuesto carácter benéfico o no lucrativo, nunca ha sido acreditado».

En cuanto al supuesto delito de prevaricación, el recurrente lo justifica en que los «proponentes de tales acuerdos» fueron la concejala Nieto y el alcalde, que concluyeron en la «adjudicación a favor de la asociación, contraviniendo las más elementales normas de derecho de contratación pública». Aprecia también un presunto delito de malversación por la «gestión desleal con grave perjuicio para el patrimonio público» que supone el que no concurrieran más licitadores interesados, que habría venido «a fijar un precio más adecuado al propio mercado».

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Por todo ello, solicita a la Audiencia que deje sin efecto la resolución de febrero y se ordene la continuación de las diligencias.

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