Tribunales
Prisión por quebrantar el alejamiento de su expareja al coincidir ambos en un bar de GranadaAunque ella negó haber estado en el establecimiento para tratar de favorecer al acusado, la Audiencia recuerda que hubo testigos
Yenalia Huertas
Viernes, 7 de abril 2023, 00:04
Once meses de prisión. Es el castigo que la Justicia ha impuesto a un granadino que, el 21 de mayo pasado, se encontraba en un ... bar de Cortés de Baza en compañía de su expareja pese a que no se podía acercar a ella a menos de 200 metros por orden judicial.
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La medida de alejamiento estaba vigente. Tenía una duración de 16 meses, un plazo que había empezado a contar a partir del día 12 de abril «en virtud de una sentencia firme». El fallo había sido dictado por el Juzgado de Instrucción número 1 de Baza semanas antes y condenaba al hombre como autor de un delito de maltrato familiar. Aparte de mantenerse alejado, el hombre tampoco podía comunicarse con ella.
El ilícito cometido con esa coincidencia espacio-temporal de ambos es un delito de quebrantamiento de condena, según refleja la resolución dictada ahora por la Audiencia Provincial de Granada, en la que confirma el castigo que le impuso un juzgado de lo Penal de la capital (el número 4).
En concreto, el tribunal provincial desestima el recurso que el procesado interpuso contra su condena tras revisar las distintas pruebas con las que contó el juez que la fijó. Entre ellas, el testimonio de un guardia civil que elaboró el atestado policial que dio lugar a esta causa.
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El agente, según revela el fallo, confirmó que «el acusado y la persona a la que no podía aquel acercarse se encontraban juntos, en unión de otras personas, en el establecimiento» en la fecha indicada. Y, en opinión de la Audiencia, «no se aprecia motivo alguno para dudar de la veracidad de las manifestaciones de dicho testigo dada su condición de funcionario público».
Unos minutos
El tribunal alude también en su resolución, dictada en septiembre, a lo declarado por otro testigo que corroboró que la mujer estuvo en el establecimiento «en compañía del acusado» y «durante un periodo aproximado de entre cinco y diez minutos».
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Se da la circunstancia de que la expareja del acusado negó haber estado con su 'ex' en el bar aquel día, pero la Audiencia coincide con el juez que enjuició este asunto en que la mujer trataba de «favorecer» al acusado con su negación. Por eso avala la decisión de que se abra una causa contra ella por un presunto delito contra la Administración de Justicia.
En este punto, destaca que la mujer, al ver a los agentes «abandonó el lugar en el que se encontraba y se introdujo en el interior de la cocina del establecimiento a fin de no dar explicación alguna». Pero es que además mantuvo con los mismos «una actitud desafiante, propia de quien conoce que no ha actuado correctamente».
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El propio acusado reconoció que los dos coincidieron en aquel bar, así como admitió «que no abandonó el lugar en que se encontraba» su expareja, «sino que incluso compartió mesa con ella y otras personas». No obstante, siempre sostuvo que aquel encuentro tuvo un carácter «casual y fugaz» y que no era su intención quebrantar la condena.
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