Cuando las multas en las tabernas de Granada se cobraban con azotes y maravedís
Ordenanzas de 1552 ·
Un bar presenta enmarcadas en sus paredes las normas que regían las tabernas de la ciudad y el comercio del vino en el siglo XVISábado, 10 de abril 2021, 19:55
Los bares y tabernas son los termómetros de la sociedad granadina. En ellos se reúne la gente para cualquier cuestión. Con la sociedad, los bares ... también cambian. Por ejemplo, hace una década, se fumaba dentro y estaba prohibido sacar los vasos a la calle. Ahora, está prohibido fumar en el interior de los locales y, sin embargo, todo el mundo bebe fuera ya que la ciudad está salpicada de veladores, barriles, taburetes y terrazas de todo tipo, diseño y enjundia.
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No es nuevo. De hecho, en tiempos de pandemia, los bares y la hostelería sufren medidas que los tienen permanentemente en el ojo del tornado informativo. Es así desde el principio de los tiempos. En esto, nada ha cambiado. Lo bueno de todo es que la Universidad de Granada, en un libro increíblemente atractivo, publica las ordenanzas de Granada para los oficios.
Entre ellos, el de taberneros, mesoneros y venteros, las denominaciones clásicas de esos lugares queridos donde se toma café, cerveza, se ve el fútbol o uno se enamora de esa chica que le mira. También han cambiado los nombres. Ahora se estila más lo de bar, cafetería, pub o, en un rizo cursi, gastrobar.
Si volvemos al siglo XVI, encontraremos en el libro no solo las ordenanzas que regían a los taberneros, sino los motivos por los que se crearon, que tampoco tienen desperdicio para conocer cómo era la Granada de nuestros tatatatatatatatatarabuelos.
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Decían los entonces Señores de Granada tal que así: «Porque hasta ahora y a causa de no haber hecho las ordenanzas que convienen para los taberneros, o si estaban hechas, no se ha hecho la ejecución que convenía, por lo cual el dicho oficio de tabernería estaba muy perdido, usándolo muchos malos hombres, rufianes, y de mal vivir y hombres amancebados, y que acogían en sus casas malas a mujeres deshonestas, que ganaban dineros, y ocurrían en sus casas muchos hurtos, y personas de mal vivir, y aun muchos de los taberneros, según se ha visto por experiencia, eran participantes en los dichos hurtos, y otros delitos. Por ende, queriendo remediar estos y otros males semejantes: Manda y ordena Granada, que los taberneros y personas que honren de usar el dicho oficio de taberneros, tengan y guarden las ordenanzas siguientes». Empiezan entonces unas páginas que nos llevan cinco siglos atrás.
Decían entonces que los taberneros no sean amancebados, que los taberneros «den fianza para pagar las penas en las que intervinieran conforme a las ordenanzas, so la dicha pena de dos mil maravedís» o que no vendan el vino revuelto con otro. «La primera vez, (se sanciona con) perdido el vino y doscientos maravedís y por la segunda vez seiscientos maravedís y por la tercera le sean dados treinta azotes públicamente». También se sancionaba vender «vino revuelto con agua», «que no vendan vino en huertas de fuera de la ciudad», castigado con cien azotes, «que no vendan vino adobado», o «que no tengan manga ni talega ni casaca para colar el vino».
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Israel, dueño del bar La Cavilla, en la calle Abén Humeya de Granada, tiene enmarcadas en su pared estas ordenanzas tan viejunas, junto a la actual licencia municipal del siglo XXI. «Es que hay ordenanzas de aquéllas que han desaparecido, pero otras siguen vigentes». Por ejemplo, la que ordena que tiene que estar visible «a qué precios se ha de vender el vino», o «que las mismas ordenanzas han de estar visibles en la taberna».
«No se podía servir vino hasta después de la plegaria. Ha llegado hasta hoy, que abrimos a las 12»
ISRAEL | PROPIETARIO DE LA CAVILLA
Sorprende ahora, o no, que las ordenanzas dejaban claro que no había que dar de comer a vecinos casados, cristiano viejo o nuevo, «so pena que la primera vez que fuera hallado almorzando o comiendo o merendando o cenando o durmiendo en alguna taberna, trescientos maravedís de pena. La segunda seiscientos y diez días en la cárcel. La tercera 1.200 y desterrado de la ciudad un año».
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La moral tenía un nivel alto en aquella época. Las ordenanzas eran implacables. Las tabernas «no han de tener mujeres que ganen dineros», y como explica Israel, «solamente las prostitutas ganaban dineros entonces». Tampoco permitían ni jugar no comprar joyas, lo que da muestra de las simpatías de los mandamases respecto al ambiente en las tabernas. Por último, la Fe mandaba, «que no den de beber antes de la plegaria». Ya dice Israel, «ha llegado hasta hoy, que los bares de tapas abrimos a las doce».
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