El Juzgado de Instrucción número 4 se halla en el complejo judicial de La Caleta. IDEAL

Granada

Archivada la causa contra el exsecretario del Sindicato Independiente de Policía Local al descartar que delinquiera

La magistrada, que observa «intereses espurios» en la querella de los actuales responsables del sindicato policial, ve necesario que se investigue si hubo un «supuesto fraude» en las oposiciones a Policía Local de Granada

Yenalia Huertas

Granada

Sábado, 26 de agosto 2023, 00:12

El exsecretario general del Sindicato Independiente de Policía Local de Granada (SIPLG), José Navarro, no cometió delito alguno en los años 2019 y 2020 mientras ... ocupaba el cargo; no se apropió indebidamente de dinero de la organización sindical.

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A esta conclusión ha llegado la jueza de Instrucción 4 de Granada, Susana Álvarez Civantos, que ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la querella que formularon en 2021 contra el exsecretario los actuales responsables del sindicato policial.

Pero no sólo eso. En el auto dictado para dar carpetazo a esta causa penal, fechado el 14 de julio pasado, la magistrada observa «intereses espurios» en la querella y, tras analizar unas conversaciones de WhatsApp aportadas a la causa y de las que se desprenderían «un supuesto amaño» en las oposiciones de la Policía Local de Granada, concluye que se pudo formular por ese motivo.

Por eso, ve necesario que se investigue si realmente se produjo ese presunto fraude «con presuntos pagos efectuados de dinero procedente del SIPLG y de la Unión de Sindicatos de Policía Local y Bomberos de España» a una persona concreta.

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Deduce testimonio

Para ello, en la misma resolución de archivo, que podía ser recurrida, dispone que se haga una copia de una parte concreta de las actuaciones (33 folios) y se remita, junto a su auto, al Decanato de los juzgados de Granada. El objetivo: que el juzgado al que le corresponda en el reparto incoe «diligencias previas para la investigación de los hechos reseñados por si pudieran ser constitutivos de los delitos de tráfico de influencias , extorsión, cohecho y prevaricación...».

El auto recuerda que el propio exsecretario -el querellado- alegó que con la querella lo que querían era «acallarle la boca» por tener conocimiento de ese supuesto amaño en la citada oposición.

La conducta delictiva que se imputaba al exsecretario del sindicato era que se aprovechó de su cargo tanto en el SIPLG como en la Unión de Sindicatos de Policía Local y Bomberos de España para quedarse con fondos de estas organizaciones. Y es que, según desvela el auto que sostenían los querellantes, en ese puesto Navarro tenía «la posibilidad de hacer uso de las tarjetas de crédito vinculadas a las mismas, así como a la emisión de cheques».

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Los querellantes imputaban al querellado haberse «apropiado ilegítimamente», mediante el uso de las tarjetas, cheques al portador y retiradas de efectivo, «de cantidades por importe superior a los 70.000 euros, que habría incorporado a su patrimonio».

La jueza deja claro que de las pruebas practicadas «se trasluce la existencia de un móvil de resentimiento o enemistad» entre el actual secretario general del SIPLG y José Navarro, que cesó de forma voluntaria en el cargo por motivos de salud en enero de 2021.

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Documento «trascendente»

La instructora, que resalta que «la mayor parte de la documentación relativa a la contabilidad desapareció», recuerda que existe un documento «trascendente» para esta causa. Se trata de un escrito rubricado por el actual secretario del sindicato ante la renuncia de Navarro en el que aseguraba haber comprobado el estado de las cuentas y resto de gestiones, «afirmando que estaban correctas». Junto a ello, señalaba que Navarro quedaba «exento de cualquier responsabilidad» de ese sindicato.

Para la magistrada, «no es posible entender justificada la perpetración de delito alguno de apropiación indebida». Entre otras cosas, porque «no puede imputarse al querellado delito alguno de apropiación indebida cuando las cuentas del año 2019 las elaboró y presentó el actual secretario general y fueron aprobadas por unanimidad estando vedada la vía penal para las supuestas apropiaciones en dicho período».

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El auto hace mención expresa al «contexto de irregularidades en la llevanza de la contabilidad» del sindicato en aquellos momentos, así como a la «dejación de funciones por el tesorero» y la «falta de documentación oficial de contabilidad». Habla de una falta de control y de justificación de gastos y de pagos en general.

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