Indemnizan a un vecino de Granada porque le negaron el 'complemento de maternidad'
Un juzgado de la capital ha dictaminado que debe ser compensado con 1.800 euros por haber tenido que pleitear para obtener la ayuda
Un vecino de Granada ha logrado que la justicia le reconozca el derecho a cobrar una indemnización de 1.800 euros porque la Seguridad Social ... le denegó el denominado 'complemento de maternidad', lo que le obligó a invertir tiempo y dinero en los tribunales. El afectado litigó para que le concedieran la citada ayuda y consiguió el objetivo, pero, además, amplió la demanda para reclamar una compensación por los gastos que le generó el pleito y también ha tenido éxito.
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El 'complemento de maternidad' fue un beneficio que el Estado concedió, hace una década, a las mujeres con hijos como reconocimiento al esfuerzo que hicieron y a la renuncia que eso les supuso en sus carreras laborales. La medida se tradujo en un suplemento en sus pensione del 5% para las madres con dos hijos; el 10% si tenían tres; y el 15% si eran cuatro o más.
Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó posteriormente que el suplemento en cuestión era discriminatorio y ordenó que se extendiera también a las hombres.
A partir de ese fallo, de obligado cumplimiento para todos los países miembros de la Unión, se sucedieron las peticiones de varones españoles que solicitaban que se les aplicase la sentencia del TJUE. Muchos de esos casos acabaron en los tribunales ordinarios y, por ende, empezaron a llegar las resoluciones que, de acuerdo con lo que había decidido la justicia europea, otorgaban el complemento a los hombres.
Pero los demandantes han avanzado ya un paso más y también están exigiendo indemnizaciones por el desgaste económico y personal que conlleva pleitear. Es lo que ha ocurrido con un vecino de Granada que, con el asesoramiento legal del letrado Luis Miguel Corisco Martín, ha logrado, aparte de la ayuda, una compensación de 1.800 euros por sus desvelos.
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En este sentido, el Juzgado de lo Social 4 de la capital recuerda que el propio TJUE dijo que los hombres no podían ser excluidos del acceso al llamado 'complemento de maternidad'.
«Respecto a si el actor tiene derecho a una indemnización por daños y perjuicios causados por la vulneración del derecho fundamental a no ser discriminado por razón de sexo al denegarse por el Instituto Nacional de la Seguridad Social al demandante progenitor varón el complemento de maternidad una vez que el TJUE, en su sentencia de 12 de diciembre de 2019, ya había establecido que la denegación de dicho complemento al varón suponía una discriminación por razón de sexo y que la normativa que lo regulaba era, por tanto, contraria al derecho de la Unión», detalla el fallo, que fue emitido el pasado mes de mayo.
«Perjuicios»
De acuerdo con esa argumentación, el juzgado razona que el afectado tiene derecho a una reparación. «(...) Concluye la sentencia del TJUE que el órgano jurisdiccional nacional que conoce de una demanda presentada frente a esa resolución denegatoria, debe ordenar a dicha autoridad, no solo que conceda al interesado el complemento de pensión solicitado, sino también que le abone una indemnización que permita compensar íntegramente los perjuicios efectivamente sufridos como consecuencia de la discriminación, según las normas nacionales aplicables, incluidas las costas y los honorarios de abogado en que el interesado haya incurrido con ocasión del procedimiento judicial, en caso de que la resolución denegatoria se haya adoptado de conformidad con una práctica administrativa consistente en continuar aplicando la referida norma a pesar de la citada sentencia, obligando así al interesado a hacer valer su derecho al complemento en vía judicial», indica la resolución judicial.
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Una ampliación de la demanda para conseguir la reparación
El pensionista presentó en un primer momento una demanda para reclamar solo el 'complemento de maternidad'. En concreto, pidió un suplemento del 15% en la prestación que percibía en su condición de jubilado. Posteriormente, y ya en enero de este mismo año 2025, amplió la demanda «interesando» que se condenase a la Seguridad Social a que le abonase la cantidad de 1.800 euros «en concepto de indemnización por daños morales». Ha conseguido ambos objetivos.
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