Un granadino lleva a los tribunales la zona de bajas emisiones por «elitista»
El TSJA admite a trámite una demanda que alega que la medida que entra en vigor en octubre atenta contra derecho a la libre circulación y al patrimonio
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía admite a trámite una demanda contencioso-administrativa de un vecino del área metropolitana en contra de la implantación ... de la Zona de Bajas Emisiones en la capital al considerar que es una medida «elitista» que vulnera el derecho a la libre circulación y afecta a los ciudadanos con menos poder adquisitivo.
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El granadino, representado por el letrado José Manuel Aguayo, manifiesta que la iniciativa que entrará en vigor en el mes de octubre «impone una restricción intensa de la libertad de circulación y afecta al patrimonio de los ciudadanos», resultando «discriminatoria y desproporcionada al distinguir por antigüedad del vehículo, empadronamiento y dificulta el acceso a la propiedad y al puesto de trabajo de quienes se desplazan diariamente desde los municipios del entorno».
El recurrente es uno de los miles de ciudadanos que necesita acceder con su vehículo a la ciudad de Granada para desarrollar su trabajo o dejar a sus hijos en el colegio. En la demanda, en poder de este medio, alega que la ordenanza no está lo suficientemente motivada por la «ausencia de estudio económico e impacto social».
Para el vecino, la normativa tiene afán recaudatorio y discrimina a los propietarios de inmuebles de Granada que no están empadronados en la ciudad, aunque contribuyen a su hacienda, frente a otros empadronados cuyos vehículos contaminan lo mismo o más. «Se habilita el acceso a propietarios o arrendatarios de cocheras siempre que dispongan de vado, pagando la tasa la contaminación resulta más llevadera», remacha el escrito.
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«Esta configuración perjudica especialmente a los ciudadanos con menor poder adquisitivo, que no pueden adquirir vehículos ecológicos ni pagar cocheras, alquileres, vados o aparcamientos diarios para acudir a sus trabajos o negocios», manifiesta. «Es, en suma, un impacto frontal sobre los hogares con menos recursos, obligados incluso a plantearse la compra de un vehículo eléctrico cuyo coste supera con frecuencia los 35.000 euros, tecnología además en evolución y de resultado incierto», añade
De hecho, sustenta su parecer con que el propio Ayuntamiento prevé 1.500.000 euros en ingresos por multas en el presupuesto del próximo ejercicio, «lo que refuerza el sesgo recaudatorio de la medida, sin que conste su afectación específica a actuaciones de mejora de la calidad del aire». Por cada 200 euros cada vez que accedas a la Zona de Bajas Emisiones de forma indebida pero no te inmovilizan el vehículo.
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El recurrente, que asegura que el Ayuntamiento no atendió debidamente a las alegaciones presentadas en la tramitación, sostiene que ni la Ley de Cambio Climático ni las directivas europeas imponen limitar el acceso a toda la ciudad por razón de antigüedad del vehículo con la premisa de que contamina más que otros. «A la vista de las ITV superadas, esa afirmación no se sostiene. Entendemos que tales apercibimientos obedecen a una ordenanza preparada contra los intereses profesionales y patrimoniales de los ciudadanos. Es, por tanto, una norma elitista: o se dispone de 50.000 euros para un vehículo como un Tesla, o se depende del bus o del metro», reitera.
Defiende que la ordenanza «trata de paliar déficits del consorcio de transportes de Granada, unido a la construcción del metro en superficie cuyas pérdidas habrá que cubrir». De igual forma, mantiene que no se tiene en cuenta la incidencia sobre los negocios de proximidad y particulares del centro. Esta nueva demanda admitida a trámite a la estela de otras denuncias de Vox o los ayuntamientos de Maracena y Armilla.
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Respuesta del Ayunamiento
Por su parte, el Ayuntamiento de la capital ha emitido un comunicado en el que esgrime que la denuncia «se basa en una serie de aseveraciones incorrectas y falsas», ya que, añaden, «el Tribunal Superior de Justicia ya ha dictado auto en el que no concede la suspensión cautelar solicitada, lo que supone una primera resolución contraria a las pretensiones del demandante».
Dejamos claro que este proyecto cuenta con todos los informes que exige la ley, incluido el de impacto socioeconómico. Dicho estudio no forma parte de la ordenanza municipal, que es un documento normativo, sino del propio proyecto de Bajas Emisiones. Y sus conclusiones muestran que, de manera global, el impacto será positivo para la ciudadanía en términos de salud y calidad del aire, en línea con los estándares europeos que impulsan la norma y con lo que exige la Ley de Cambio Climático«, precisa el Consistorio.
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