Recreación de los terrenos en los que estaban proyectadas las viviendas. IDEAL

Las Gabias tendrá que devolver 1,25 millones a una promotora por un convenio fallido

En los terrenos estaba previsto construir 1.000 viviendas hace 20 años y el TSJA condena al Ayuntamiento al reintegro del importe más los intereses legales

Domingo, 7 de diciembre 2025, 23:50

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía obliga al Ayuntamiento de Las Gabias a devolver 1,25 millones de euros más los intereses legales a ... una empresa inmobiliaria por el incumplimiento de un convenio urbanístico suscrito en el año 2005.

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La sociedad pagó dicha cantidad al consistorio a cambio de un 10% del aprovechamiento de un sector. Sin embargo, no se cumplió con el acuerdo por la falta de aprobación de un plan parcial -en conjunción con algunos cambios en la normativa urbanística y la indisponibilidad de terrenos municipales-. La mercantil quería construir casi 1.000 viviendas entre Cuesta Blanquilla y el Camino de los Corsarios, en el Plan Parcial 7 del municipio (PP-7).

Una sentencia, dictada en este mes de noviembre y contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, desestima el recurso presentado por el Ayuntamiento y da la razón a la mercantil 20 años después. La sala Contenciosa-Administrativa señala que aunque un convenio posterior al de 2005, firmado en 2013, preveía inicialmente la compensación por otros medios, la situación municipal no lo permite. El plan parcial, PP-7, al que estaba ligado el acuerdo, no ha sido aprobado, la compensación con deudas tributarias o la restitución con solares no es posible por falta de disponibilidad, y el pago en especie no es «viable» por el enfrentamiento entre las partes. La única vía para resarcir la empresa es la devolución del pago. El tribunal desecha el argumento del Ayuntamiento: haber ya utilizado los fondos no es suficiente para impedir el cumplimiento de una cláusula de restitución. El Ayuntamiento puede consignar la cantidad en su presupuesto.

El Ayuntamiento destacó en su recurso que se hizo una interpretación incorrecta de los convenios urbanísticos que daba por hecho «la facultad de elección» de la empresa. Alega que, como no hay depósitos ni los terrenos serían suficientes, se firmó un convenio en el año 2013 donde se preveía la posibilidad de sustituir otras vías e incluir «cualquier otro pago en especie con acuerdo entre las partes» cuando solo los terrenos, el dinero o la compensación de tributos no fueran suficientes. Este punto del convenio, según defiende la localidad, no se acordó con la finalidad de dar opciones a la empresa «sino para facilitar el empleo de diversos medios de restitución» al Ayuntamiento. La defensa de la casa consistorial considera que la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 pasó por alto que ya en 2013 las partes reconocieron que no era posible devolver el dinero porque se había gastado.

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Por último, la mercantil consideró que la corporación local ha incumplido las prestaciones acordadas, por lo que se debe dar por resuelto los convenios. Exige la devolución íntegra del importe más intereses legales desde la fecha de la reclamación administrativa y argumenta que el Ayuntamiento se ha apropiado de forma injustificada de esa cantidad. La empresa rechaza cualquier forma de restitución que no sea la devolución del importe embolsado, argumentando que no se le puede obligar a aceptar compensaciones con tasas inexistentes ni con solares «que no le interesan» o que no han sido debidamente valorados. Por último, esgrime que la no devolución del dinero constituye un enriquecimiento injusto para el Ayuntamiento al haberse beneficiado de una inversión que nunca se materializó.

Un largo litigio

Vanessa Fernández, directora del departamento de Derecho Administrativo del bufete HispaColex, y el director del despacho, Javier López y García de la Serrana, han representado a la mercantil en el litigio y celebran su resolución.

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«Se trató de una venta de algo que aún no existía y que el Ayuntamiento aún no tenía en su poder. Habiéndose producido por parte de la Corporación Local demandada un incumplimiento de sus prestaciones convenidas, se acuerda por la sentencia que procede la resolución del convenio urbanístico», explican los letrados

«Nos encontramos por tanto ante la estimación judicial por parte del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de que hubo una apropiación por el Ayuntamiento de Las Gabias de una cantidad económica, superior al millón doscientos cincuenta mil euros, sin compensación de ningún tipo, que ahora tiene que devolver con intereses de más de ocho años, lo que supone una absoluta victoria para la empresa promotora», concluyen.

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