Luisa García Chamorro, el día que declaró en La Caleta por las presuntas calumnias.

La Audiencia ordena que siga la investigación contra la exalcaldesa de Motril por calumnias

El tribunal rechaza que atribuir al exgerente de Visogsa supuestas irregularidades sin contrastar sea sólo una falta y reitera que hay indicios de delito

Carlos Morán

Martes, 12 de enero 2016, 01:57

Luisa García Chamorro (PP), la que fuera alcaldesa de Motril y vicepresidenta de la Diputación de Granada, y que actualmente es diputada provincial, está cada ... vez más cerca de sentarse en el banquillo de los acusados por, presuntamente, haber atentado contra el honor José Luis Hernández Pérez (PSOE), que ocupó el cargo de gerente de Visogsa, la empresa pública de vivienda de la citada institución.

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La Audiencia se ha pronunciado por tercera vez sobre este asunto y por tercera vez ha dado la razón a Hernández Pérez, que tiempo ha fue regidor municipal de la localidad de Guadix.

En este sentido, el último auto de dicho tribunal sobre el particular descarta que las aseveraciones de Luisa García Chamorro, en las que atribuía a Hernández Pérez supuestas irregularidades sin contrastar cuando este estaba el frente de Visogsa, puedan considerarse una mera falta y reitera su criterio de que existen indicios de que la dirigente popular pudo cometer un delito de injurias y calumnias. Por tanto, ordena que el procedimiento siga adelante y esa decisión ya no admite recurso ordinario, según especifica el tribunal.

De hecho, la resolución de la Audiencia indica que el instructor de la causa cometió un error al rebajar la importancia penal de las afirmaciones de García Chamorro, ya que las «infracciones del tipo de las calumnias» no pueden enjuiciarse como si fueran una falta. Así las cosas, los jueces del tribunal provincial estiman el recurso presentado por Hernández Pérez «contra el auto dictado por el Juzgado de Instrucción 6 de Granada» que declaraba «los hechos como falta, resolución que dejamos sin efecto y, en su lugar, ordenamos (...) que continúen las diligencias por los trámites del procedimiento abreviado», esto es, por la supuesta comisión de un delito injurias y calumnias -infracción esta última que está castigada con penas de prisión-.

Los precedentes

En un auto anterior, la Audiencia examinó las declaraciones de García Chamorro y determinó que esta se excedió cuando acusó a Hernández Pérez de disfrutar de un contrato «blindado» en Visogsa. «Si por contrato blindado es comúnmente entendido aquel cuya resolución resulta especialmente onerosa para el empleador, y singularmente ventajosa para el empleado, (...) no puede afirmarse que el regulador de la relación entre el querellante Hernández Pérez y Visogsa respondiese a tal naturaleza. El señor Hernández no se blindó a Visogsa a cambio de una millonaria indemnización por despido, sino que tal evento quedó vinculado a las disposiciones de la legislación vigente en los contratos de alta dirección».

Además, y a diferencia de lo que dijo García Chamorro, Hernández Pérez «no viajó a Berlín, ni a Dublín a costa de Visogsa».

Asimismo, la Audiencia recalcó en su día que el querellante nunca voló en primera clase y no consideró acreditado que usara la tarjeta de la empresa pública de vivienda para llenar el depósito de su coche particular.

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Para el tribunal provincial, no podía descartarse «un consciente desprecio de la verdad en la realización de las manifestaciones atribuidas» a García Chamorro, unas declaraciones en las que la entonces vicepresidenta de la Diputación presentó a Hernández Pérez «ante la opinión pública» como «un gerente de pandereta, farándula y despilfarro».

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