Condenado un aparejador de Granada a devolver más de 28.000 euros por incumplir un encargo
Los clientes, vecinos de un cortijo del Camino de La Zubia que querían regularizar unas viviendas ubicadas en suelo no urbanizable, logran que un juzgado resuelva el contrato
Un arquitecto técnico de Granada ha sido condenado a devolver un total de 28.686 euros a unos vecinos que le encargaron los trámites para ... regularizar sus viviendas. Estas están ubicadas desde hace 30 años en suelo no urbanizable de especial protección –les afecta el Plan Especial de la Vega–, en un cortijo situado por la Carretera de La Zubia.
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La cantidad que este aparejador colegiado habrá de reintegrar a esos clientes se corresponde con los honorarios pactados en el marco del encargo profesional, que no llegó a buen término por «incumplimiento grave y negligente» del técnico.
Así lo determinó el Juzgado de Primera Instancia número 17 de Granada el año pasado y el fallo, al que ha tenido acceso IDEAL, se encuentra pendiente en la actualidad del pronunciamiento de la Audiencia Provincial de Granada sobre el recurso de apelación que interpuso el condenado, según las fuentes del caso consultadas por este diario.
En la sentencia, la titular del referido órgano judicial, la jueza Eva María Canut, estima parcialmente la demanda que los afectados presentaron para reclamar la resolución del contrato que firmaron con el profesional. La magistrada declara terminado el contrato y, por tanto, «es como si nunca se hubiera formalizado» entre las partes.
La magistrada da por terminado el contrato, que queda «como si nunca se hubiera formalizado»
El fallo revela que los vecinos, que han estado representados en este pleito por el abogado Miguel Ángel Muñoz Hernández, cumplieron con sus obligaciones, puesto que pagaron al demandado sus honorarios para que les solicitara licencia urbanística y entregaron la documentación que este les pidió.
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Sin embargo, el aparejador no cumplió con el encargo, «tal y como se observa en todos y cada uno de los expedientes promovidos por los actores y tramitados por el demandado, como representante suyo, ante el Excmo. Ayuntamiento de Granada, siendo la totalidad de los expedientes administrativos archivados por caducidad por causa imputable al demandado», dice la jueza.
Y no solo eso, sino que el profesional tampoco informó a sus clientes del desenlace que habían tenido los expedientes. Esa «ocultación» de que habían sido archivados derivó en «la firmeza del decreto que declaraba la caducidad del expediente administrativo». Ello impidió a los dueños de las viviendas recurrir ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa.
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La resolución admite que el aparejador ha aportado «algunos documentos» para defender su trabajo, pero no ha acreditado que realizase las notificaciones a cada uno de los vecinos «ni por burofax, ni por carta certificada con acuse de recibo, ni por correo electrónico» de la totalidad de los requerimientos que le hizo el Ayuntamiento antes de archivar los expedientes.
«Desatención»
«La desatención de los requerimientos practicados por la Administración Pública determinó que se dictase el decreto que declara la caducidad del expediente por causa imputable al interesado», explica la sentencia. Así las cosas, el técnico habrá de devolver a cada vecino, una vez sea el fallo firme, cantidades que oscilan entre 4.552 y 5.008 euros.
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Si la jueza estima en parte y no íntegramente la demanda es porque los afectados solicitaban ser indemnizados por daño moral. En total reclamaban 9.000 euros (1.500 para cada uno), pero la magistrada cree que «no procede conceder tal cantidad» por no existir ese perjuicio moral que decían haber sufrido.
En este punto recuerda que las edificaciones de estos vecinos, «en tanto que ubicadas en suelo no urbanizable de especial protección, no tienen licencia», por lo que sus dueños sabían que la legalización de las viviendas que pretendían «podría no producirse».
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