Condenada una profesora de la UGR a pagar 14.000 euros a un alumno al que mandaba mensajes
La docente, que admitió al terminar el juicio haber realizado llamadas de naturaleza personal y contactado por WhatsApp con el estudiante, acepta, además, abonar 360 euros de multa al Estado
Una profesora no titular de la Universidad de Granada (UGR) ha aceptado pagar una indemnización de 14.000 euros a un alumno de su facultad, ... al que, durante el curso 2015/2016, coaccionó mediante llamadas telefónicas de naturaleza personal y mensajes vía WhatsApp.
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El juicio por lo acontecido, que inicialmente la fiscalía había calificado como un delito de acoso sexual, tuvo lugar en el Juzgado de lo Penal número 6 de Granada antes del verano. La vista acabó con una sentencia dictada con la conformidad de la docente, que solo reconoció haber cometido un delito leve de coacciones.
Por este ilícito menor, la profesora habrá de abonar, además, una multa de 360 euros al Estado, según consta en el fallo de la resolución, fechada el 30 de junio y a la que ha tenido acceso IDEAL.
La sentencia es firme y el magistrado que la ha emitido, Sergio Romero Cobo, ha dispuesto que se remita una copia al Rectorado de la Universidad de Granada «a los efectos oportunos en relación al expediente disciplinario abierto». El fallo no condena a la procesada a pagar las costas de la acusación particular que ha ejercido el pupilo, víctima de sus mensajes durante el segundo cuatrimestre del citado curso.
La resolución, que es firme, la considera autora de un delito leve de coacciones y no de acoso sexual
Aquellos escritos por WhatsApp y llamadas se efectuaron por la docente «sin finalidad académica alguna», y causaron en el estudiante «una presión consecuencia de la cual sufrió un lógico desasosiego», considera probado el magistrado. Eso sí, este ha descartado que la profesora, que se acogió a su derecho a no prestar declaración pero sí hizo uso del de pronunciar la última palabra, cometiera aquellas coacciones con fines sexuales.
De hecho, el propio alumno indicó en la sala de vistas, donde declaró como testigo, que se había sentido presionado por aquellos mensajes y llamadas de la docente, pero negó que en ellos «se le efectuasen solicitudes de favor sexual».
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Fue por este motivo por el que la fiscalía, que en sus conclusiones provisionales había solicitado seis meses de prisión para la acusada por presunto acoso sexual, modificó su calificación. También lo hizo la acusación que ejercía el alumno y, ante la nueva consideración de los hechos por parte de las dos acusaciones del proceso, la defensa se adhirió a sus peticiones.
Responsabilidad civil
La acusación particular manifestó expresamente además que retiraba la petición de responsabilidad civil subsidiaria de la institución académica, la cual, según las fuentes consultadas, se tuvo que personar en la causa en su momento por ese motivo.
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El fallo establece que no hay ninguna duda de la autoría de las coacciones por parte de la docente que se ha visto envuelta en este proceso penal, puesto que ella misma, al final de la sesión, «manifestó aceptar también la calificación jurídica y la pena concreta solicitada».
La enseñante es, según las fuentes consultadas, colaboradora indefinida de la institución académica y el expediente disciplinario que se le abrió en su momento había quedado en suspenso a expensas de lo que ocurriera en la vía judicial. Así, lo confirmó a este diario la propia UGR cuando salió a la luz pública este asunto.
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La UGR aprobó el 26 de octubre de 2016 el Protocolo para la Prevención y Respuesta ante el Acoso, un instrumento «esencial para abordar el problema del acoso en todas sus expresiones y manifestaciones, e innovador respecto al enfoque preventivo que incorpora», especifica la institución.
Este asunto fue investigado por el Juzgado de Instrucción número 6 de Granada. El fiscal llegó a pedir inicialmente 34.000 euros de indemnización para el joven denunciante.
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