¿Qué seguros te puedes deducir en la próxima declaración de la Renta? Ideal

¿Qué seguros te puedes deducir en la próxima declaración de la Renta?

Seguros como el del coche, el de vida o el de hogar pueden deducirse en la declaración de la Renta si se cumplen con ciertos requisitos

Alberto Flores

Granada

Miércoles, 28 de febrero 2024, 12:18

Tan solo faltan unas semanas para que la nueva campaña de la Agencia Tributaria para la declaración de la Renta de comienzo. Y como suele ... ocurrir cada año, antes de que esta de comienzo la mayoría de contribuyentes se informan de los plazos y procedimientos que deben seguir para poder efectuar su borrador.

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Una de las partes más importantes a tener en cuenta en la Renga son las deducciones. Y a la mayoría de españoles cada año les pasa lo mismo con un gasto que podría deducirse y que, sin embargo, no lo hacen: los seguros. Existen diferentes deducciones que se aplican a determinadas pólizas de seguro, aunque para poder beneficiarse de ellas es necesario cumplir con una serie de requisitos.

Estas deducciones pueden aplicarse en seguros que tienen prácticamente todos los ciudadanos, como es el caso del seguro de hogar, del de salud, el de responsabilidad civil o incluso el del coche. En el caso del seguro de hogar, este podría aplicar una deducción de hasta 1.356 euros para quienes firmaron un préstamo hipotecario antes del 1 de enero de 2013.

También pueden deducir el seguro del hogar los autónomos que trabajen en casa o las personas que alquilen una vivienda. Por otra parte, en lo relativo al seguro de vida ocurre lo mismo: si el seguro de vida está vinculado a un préstamo hipotecario anterior a 2013 también puede descontarse hasta un 15% como máximo.

Deducciones para autónomos

En el caso de los trabajadores, también pueden ejecutar algunas deducciones en varias pólizas de seguros por su condición como trabajadores por cuenta propia. Estos seguros son los siguientes:

• Seguro de salud: se puede deducir el seguro de salud e incapacidad con un límite máximo de 500 euros (1.500 en el caso de personas discapacitadas) para la propia cobertura del contribuyente, de su cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan con él.

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• Seguro de responsabilidad civil: permite desgravar el 100% del seguro siempre que cubran contratiempo exclusivamente como profesional.

• Seguro de automóvil: solo es posible para los que utilicen el automóvil para desarrollar su actividad profesional. En ese caso podrán desgravar el 50% de la prima del seguro del coche si poseen solo uno el 100% si se poseen dos.

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