Los parados que no informen de sus viajes al extranjero perderán su prestación. Ideal

Los parados que no informen de sus viajes al extranjero perderán su prestación

El SEPE puede retirar la prestación por desempleo a los ciudadanos que no informen con anterioridad de la duración y los motivos de sus viajes

Alberto Flores

Granada

Viernes, 14 de junio 2024, 11:46

El Servicio Público Estatal de Empleo (SEPE) puede retirar la prestación por desempleo a los parados que no informen a la administración pública de sus ... viajes al extranjero. De este modo, los parados que se beneficien de una prestación de este tipo y no comuniquen con anterioridad que van a viajar y la duración y motivos de dicho viaje pueden perder su paga.

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Los parados tienen por ley 15 días naturales autorizados como estancia máxima fuera de España. Y en caso de marcharse de viaje únicamente podrán hacerlo una vez al año para no perder el derecho al cobro de su prestación. Así lo confirma una reciente sentencia pública del Tribunal Supremo del pasado 29 de abril en un caso que enfrentó al SEPE con un ciudadano receptor el subsidio por desempleo para mayores de 55 años.

Según la sentencia, la administración confirmó la extinción del subsidio por desempleo de esta persona por no comunicar su viaje al extranjero, con «cobros indebidos» de más de 16.000 euros entre el 7 de septiembre de 2016 y el 30 de octubre de 2019. Además de perder el cobro de su prestación, debe devolver esa cantidad cobrada de forma indebida con un recargo del 20% por intereses, lo que eleva la cuantía por encima de los 19.000 euros.

Falta grave

Según establece el artículo 25.3 de la Ley de Sanciones e Infracciones en el Orden Social, no comunicar un viaje fuera de España a los servicios de empleo cuando se cobra una prestación por desempleo es considerado como una falta grave.

La falta de comunicación de dicho viaje provoca que la entidad continúe pagando la prestación al desempleado. Sin embargo, si este hubiera cumplido con la normativa, el pago se habría suspendido si el viaje tiene una duración superior a los 15 días. En caso de durar menos, y siempre que el beneficiario informe de sus propósitos, la prestación no se suspende.

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