Las multas de 50.000 euros que la Junta de Andalucía impone a quienes hacen esto con su perro. Fotolia - AdobeStock

Las multas de 50.000 euros que la Junta de Andalucía impone a quienes hacen esto con su perro

Andalucía es la Comunidad Autónoma que más cifras de abandono registra en todo España, con un total de 5.542 casos.

Daniela Londoño

Domingo, 3 de marzo 2024, 11:06

La tenencia de un perro o cualquier otro animal de compañía genera una serie de obligaciones a sus dueños. Al respecto, no solo hablamos de ... todas aquellas acciones tendientes a generarle una buena calidad de vida al animal. Por ejemplo, en el caso de los perros, alimentarlos, pasearlos, garantizar una higiene adecuada o un cuidado veterinario oportuno. También nos referimos a una serie de obligaciones legales que deben considerarse y cumplirse para no ser objeto de multas y sanciones. En este sentido, leyes como la de Bienestar Animal, aprobadas el año pasado, generaron una nueva serie de obligaciones para el cuidado de mascotas y otros animales. Igualmente, leyes autonómicas previas, ya definían una serie de infracciones punibles.

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Lastimosamente, una de las conductas que más se sigue registrando en materia de acciones contra el bienestar animal, es el abandono. Andalucía es una de las Comunidades Autónomas donde esta infracción ha crecido más (hasta un 15%), llegando a la cifra actual de 5.542 casos. De acuerdo con la Ley de Bienestar Animal, este tipo de acciones pueden ser multadas desde los 300 € hasta los 50.000 €, pero no son las únicas. Dicha ley, así como la normativa autonómica, reconocen otra serie de actos sancionables por considerar que atentan contra el bienestar animal o el bien colectivo. Los siguientes son algunos de esos comportamientos que pueden ser sancionados con miles de euros.

· Conductas sancionables para dueños de perros potencialmente peligrosos: Para las personas que tienen perros considerados como altamente peligrosos, acciones como no tener una licencia para este tipo de mascotas. Así como tenerlos sin bozal o cadena en sitios públicos, puede generar una multa que va desde los 2.404 €, hasta los 15.025 €.

· Registro de mascotas: De acuerdo con la legislación vigente en materia de tenencia de animales domésticos, concretamente, la Ley 7/2023, es una obligación identificar y registrar el animal. Quienes no cumplan con este requisito podrán que enfrentar sanciones entre los 10.001 € hasta los 50.000 €.

· Abandono animal: Por desgracia, una de las acciones más cometidas con muchos animales es dejarlos tirados vagando por calles o campos. Dicha conducta es considerada como una infracción grave sancionable con hasta 50.000 €.

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· Mutilaciones y modificaciones corporales: Acciones como cortar el rabo, las orejas u otras acciones que impliquen modificaciones físicas a los animales, también son consideradas infracciones graves. Por lo tanto, se podrán enfrentar penas económicas que van desde los 501 €, hasta los 2.000 €.

· Vacunas, condiciones de cuidado e higiene: La nueva ley de Bienestar Animal, considera como una infracción grave mantener animales domésticos de forma permanente en sitios inadecuados. Por ejemplo, terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios o similares, vehículos u otros espacios no aptos. En estos casos las multas podrán ser desde los 10.001 € hasta los 50.000 €. Además, las leyes autonómicas reconocen que «no mantener a los animales en buenas condiciones higiénico-sanitarias» puede generar sanciones económicas de 501 € hasta los 2.000 €.

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