Miles de mayores de 65 cobrarán 4.000 euros si están en esta lista
Podrán descontarse en el IRPF el 25% de las aportaciones realizadas entonces a las antiguas mutualidades laborales
C. L.
Martes, 3 de septiembre 2024, 11:59
Las personas con más de 65 años que hayan trabajado en sectores como el comercio, la construcción y la metalurgia que cotizaron a la Seguridad ... Social entre 1967 y 1978 podrían beneficiarse de una reciente sentencia del Tribunal Supremo que reconoce que la Agencia Tributaria les realizó cobros indebidos durante el citado periodo.
Publicidad
De este modo, podrán descontarse en el IRPF el 25% de las aportaciones realizadas entonces a las antiguas mutualidades laborales de su respectivo sector. La justicia estima que pagaron impuestos más altos de lo que les correspondía.
Los afectados, jubilados en la actualidad, podrán reclamar le dinero que pagaron indebidamente ante la Agencia Tributaria, pero tendrán que hacerlo por su cuenta, ya que Hacienda no actúa de oficio. Además, en el caso de que alguno hubiera fallecido, sus descendientes heredan el derecho a hacerlo siempre que no hayan pasado más de cuatro años de su muerte.
El Supremo fijó en su sentencia que, entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978, Hacienda cometió errores en la cotización de las aportaciones realizadas a la Mutualidad Laboral de Banca. Estos trabajadores deberían haber sido beneficiarios de deducción en la base imponible del IRPF, pero no fue así. De esta manera, tienen derecho a reclamar los últimos cuatro años, ya que los anteriores han prescrito por ley.
Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión