Aviso a los hipotecados que pueden reclamar dinero después del 14 de abril
Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea aclara cuál es la fecha límite para reclamar por este concepto
Alberto Flores
Granada
Miércoles, 31 de enero 2024, 09:55
En las últimas fechas los hipotecados no paran de recibir noticias de distinta naturaleza. El Tribunal Supremo estableció hace tiempo que los consumidores tenían derecho ... a reclamar los gastos hipotecarios de formalización de la hipoteca, si esta era anterior a junio de 2019, al considerar que eran abusivos y nulos. Sin embargo, había ciertas dudas sobre cuál era la fecha límite para proceder a la reclamación. De hecho, muchos bancos se han negado durante las últimas semanas a devolver ese dinero al considerar que había expirado el plazo para la reclamación.
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Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado sentencia sobre el plazo para reclamar gastos hipotecarios. Según han concluido, el plazo para reclamar empieza a contar cuando se conoce la abusividad. Y aunque en un primer momento se barajaba como fecha límite para reclamar el 23 de enero de 2024, desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) entendían que ese plazo debía extenderse hasta el 14 de abril a causa de la interrupción de procesos provocada por la pandemia.
Y ahora el TJUE va más lejos y en su sentencia aclara que no hay un plazo establecido para realizar esta reclamación. Esto se debe a que concluyen que el plazo comienza a contar desde el momento en el que el usuario conoce la abusividad de las cláusulas hipotecarias pagadas. Y, además, este debe tener tiempo suficiente para preparar e interponer un recurso para hacer valer sus derechos.
De esta forma, la justicia europea aclara que no existe una fecha límite para esta reclamación si se cumplen los condicionantes anteriores. Y es que entienden que no se puede exigir a un ciudadano que esté al día de la actualidad jurisprudencial como profesional.
Otras cláusulas
Desde la OCU señalan que esta sentencia del TJUE referida a los gastos hipotecarios «es aplicable a cualquier cláusula abusiva», independientemente de su contenido. De este modo, consideran que la sentencia «facilitará la reclamación» de otras cláusulas abusivas de ámbitos como la banca, los seguros o los suministros que en principio parecían prescritas.
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