Seis años de cárcel al ex director de la Faffe que gastó 32.000 euros de dinero público en prostíbulos
La Audiencia de Sevilla condena también a la ex directora financiera de la entidad por simular devoluciones que nunca se hicieron
Héctor Barbotta
Jueves, 21 de septiembre 2023, 21:22
El gasto en prostíbulos de dinero público que debía ir destinado a la formación de parados, uno de los casos que ha marcado a fuego ... la política andaluza, ya tiene sentencia. La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a seis años de cárcel al ex director general técnico de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe) Fernando Villén, que utilizó tarjetas bancarias de esa entidad pública, dependiente de la Junta de Andalucía, en clubes de alterne. En concreto, según ha concluido el tribunal, se gastó en esos establecimientos 32.566 euros entre los años 2004 y 2010.
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Por ese motivo, se lo condena como autor de un delito continuado de malversación en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento oficial en concepto de inductor y le impone seis años de cárcel, multa de 7.200 euros e inhabilitación especial para el ejercicio de cargo o empleo público durante seis años.
La sentencia de esta causa, en la que el Partido Popular y posteriormente la Junta de Andalucía se personaron como acusaciones, también condena a la ex directora económica financiera de la Faffe, Ana Valls, a cinco años y tres meses menos un día de prisión, 5.840 euros de multa e inhabilitación especial para el ejercicio de cargo o empleo público durante cinco años. Valls fue encontrada culpable de simular devoluciones del dinero que en realidad Villén no hacía, por lo que se la considera autora de un delito de malversación en concurso medial con un otro continuado de falsedad en documento oficial.
Indemnizar a la Junta
El ex director de la Faffe tendrá que indemnizar a la Junta de Andalucía por 24.129 euros , cantidad que es el resultado de restar el total de los gastos a una devolución de 8.437 euros realizada el 25 de marzo de 2010. De manera solidaria con Valls, también deberá indemnizar a la Administración autonómica con 6.300 euros.
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En base al veredicto emitido por un jurado popular, la Audiencia Provincial de Sevilla ha considera probado que Villén, tras ser nombrado director general técnico de la Faffe desde su creación en 2003, dispuso de una tarjeta de crédito a nombre de la entidad para ser utilizada para gastos de representación.
La sentencia recoge 16 visitas entre octubre de 2004 y marzo de 2010 a cinco prostíbulos diferentes de Sevilla, Córdoba y Cádiz
Así, según explica la sentencia, valiéndose de su cargo realizó de manera continuada una disposición ilícita de esos fondos públicos para pagar servicios en diferentes clubes de alterne de diferentes provincias andaluzas. Así, se concluye que utilizando tres tarjetas distintas, el condenado «dispuso de un total de 32.566 euros para gastos en prostíbulos con cargo a los fondos de la Faffe».
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La sentencia recoge un total de 16 visitas entre el 20 de octubre de 2004 y el 23 de marzo de 2010 a cinco establecimientos diferentes repartidos en las provincias de Sevilla, Córdoba y Cádiz. En dos noches, el 22 y el 23 de marzo de 2010, llegó a gastarse un total de 14.737 euros en el club de alterne Don Angelo, en Sevilla.
Sin constancia
La Audiencia concluye que no existe constancia alguna de que devolviera el dinero dispuesto ilícitamente y que sólo lo hizo parcialmente con parte de los gastos realizados el 22 y el 23 de marzo.
En relación con la que fuera directora económica-financiera de la Faffe, «en cuyo departamento que dirigía se llevaba la contabilidad y el control de las cajas», el tribunal considera que junto con Villén, decidieron simular las devoluciones de los gastos de tarjeta del primero mediante el procedimiento del ingreso fingido de devoluciones en metálico en la Caja Central. Se considera probado que el director de la fundación ordenó a su subordinada «la anotación de dichas devoluciones en las liquidaciones de la misma, la cual estaba destinada exclusivamente a atender a pequeños gastos corrientes de carácter periódico como gastos de transporte que habían sido abonados directamente por los empleados, comidas, material o anticipos de viaje, etc, y en la que no debían hacerse ingresos que no fueran pequeñas devoluciones de anticipos».
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