El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, durante la ronda de reuniones por separado con los portavoces de los grupos del Parlamento de Andalucía para analizar la evolución de la epidemia de coronavirus. EP

Las 53 medidas de la Junta y las 12 recomendaciones para combatir el coronavirus que afectan a todos los andaluces

Como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19), la administración andaluza ha establecido una serie de resoluciones y consejos

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Sábado, 14 de marzo 2020, 10:41

La Junta de Andalucía recomendó en la tarde del viernes la suspensión de actividad y cierre al público de todos los establecimientos de carácter comercial y de ocio ... , como son restaurantes, bares, discotecas, cafeterías, pubs, cines, centros estéticos y peluquerías, entre otros, a excepción de farmacias, servicios de combustible o alimentación, toda vez que trasladó que «la responsabilidad es de todos».

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Estas son todas las medidas que se acordaron desde la administración andaluza en las diferentes materias tratadas, reflejadas en la orden del 13 de marzo de 2020, emitida en el BOJA como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19).

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Medidas preventivas en Salud

1. Incremento de plantilla de personal del Sistema Sanitario Público de Andalucía, estatutario o laboral, según las necesidades asistenciales.

2. Los permisos y vacaciones del personal de la Consejería de Salud y Familias quedan supeditados a las necesidades que coyunturalmente se vayan presentando.

3. Se suspende la actividad de los centros ocupacionales para personas con problemas de salud mental y adicciones.

4. Puesta en marcha por el Servicio Andaluz de Salud de planes de contingencia para todas las provincias:

5. Acelerar la implantación de la telemedicina para las distintas especialidades que puedan soportar esta práctica, de cara a disminuir la alta frecuentación.

6. Instrucciones para potenciar la actividad de cirugía ambulatoria con la finalidad de liberar posibles incrementos de demanda en las plantas de hospitalización.

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7. Se potenciará las consultas en «acto único» para disminuir el número de visitas de los pacientes al hospital.

8. Se podrán aplazar las actividades sanitarias programadas y no urgentes en los centros sanitarios de atención hospitalaria (consultas, exploraciones e intervenciones).

9. Potenciación de la consulta telefónica en los centros de Atención Primaria para evitar desplazamientos de población susceptible de riesgo.

10. Aumento de camas de observación en los hospitales.

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11. Instalaciones alternativas para aislamiento domiciliario a personas asintomáticas que no dispongan de su propio domicilio como por ejemplo turistas o transeúntes.

12. Centralización de compras desde el SAS a centros y servicios sociosanitarios y toda la Administración de la Junta de Andalucía para evitar desabastecimiento.

13. Suspensión de las rotaciones externas en formación sanitaria especializada, así como de aquellas rotaciones externas a los centros del Sistema Sanitario Público de Andalucía, salvo los que ya estuvieran efectuándolas. En las rotaciones internas fuera del centro al que pertenece el residente se establecerán una relación de medidas de control que ayuden a la prevención.

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114. En el supuesto de estancias formativas en el Sistema Sanitario Público de Andalucía para profesionales o especialistas en formación que desarrollen su actividad en el extranjero, se suspenden dichas estancias, salvo que ya se estuvieran realizando. Se suspende la realización de prácticas por estudiantes extranjeros en el Servicio Sanitario Público de Andalucía.

15. Las garantías de plazo de respuesta recogidas en el Decreto 209/2001, de 18 de septiembre, y en el Decreto 96/2004, de 9 de marzo, quedará sin efecto provisionalmente hasta el momento en que se normalice la actual situación epidemiológica.

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16. Suspensión de las visitas a los centros sanitarios de los informadores técnicos sanitarios.

17. En relación con los acompañantes que son atendidos en servicios de urgencia, centros de atención primaria, así como en el caso de pacientes hospitalizados sólo se autorizará a una persona por cada paciente.

18. Se suspende la actividad del personal voluntario en los centros sanitarios.

19. Se suspende la actividad de cooperación internacional de las personas profesionales del Sistema Sanitario Público de Andalucía.

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20. Se suspende las prácticas sanitarias y no sanitarias en los centros del Sistema Sanitario Público de Andalucía.

21. Los profesionales sanitarios adscritos a los Hospitales de Alta Resolución gestionados por las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias estarán a disposición de los Hospitales de referencia para reforzar la atención sanitaria prestada en los mismos.

22. Los centros de transfusión sanguínea seguirán efectuando su actividad, si bien tendrán que atender las recomendaciones sanitarias. En este supuesto las administraciones públicas competentes autorizarán la realización de la actividad.

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Medidas preventivas en materia sociosanitaria.

1. Suspensión de la actividad de los Centros de Participación Activa (CPAs), de Centros de día para personas mayores, Centros de día y Centros ocupacionales para personas con discapacidad, ya sean de titularidad pública o privada.

2. En los Centros Residenciales de personas mayores, de personas con discapacidad, de menores tutelados, de personas con dependencia y las Comunidades terapéuticas gestionadas por la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, se adoptan las siguientes medidas:

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3. Se suspenden las visitas a residentes salvo causas justificadas y, siempre que la visita resulte necesaria o imprescindible, será la Dirección del centro, bajo su responsabilidad y de forma fehaciente, quien la autorice, y siempre y cuando, la persona visitante esté asintomática. En el supuesto excepcional que se autorice la visita, la misma queda restringida a un único familiar, en cuyo caso el registro de visitas deberá reflejar el detalle de la trazabilidad de la misma en el que se deje constancia del nombre, DNI o documento equivalente, teléfono, hora de entrada y salida del familiar y persona usuaria al que se visita.

4. Se suspenden nuevos ingresos, salvo causa de urgencia social decretada por la Consejería con competencia en servicios sociales.

5. En el Servicio de Menores y en el Centro Periférico de Especialidades Bola Azul de Almería, se suspende la atención personal al público.

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6. Se suspenden las visitas domiciliarias realizadas por el personal trabajador social responsable de las valoraciones y los Programas Individuales de Atención, así como las visitas domiciliarias y a centros penitenciarios del personal de los equipos de los centros de valoración y orientación (CVO). 5.º Con carácter general, y respecto de cualquier tipo de centro de servicios sociales y sede administrativa dependiente o adscrita a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, a sus entidades instrumentales u órganos territoriales queda suspendido el acceso del personal voluntario y del alumnado en prácticas.

7. Con relación al Servicio de Teleasistencia se suspenden las actuaciones de instalación de dispositivos en los domicilios de las personas usuarias, conservándose las de mantenimientos críticos que supongan la imposibilidad o dificultad de conexión del dispositivo domiciliario con los Centros de Atención.

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8. Se suspende el ejercicio de actividades del servicio público de Atención Infantil Temprana en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Medidas preventivas en materia de transporte.

1. Desinfección diaria de las estaciones de autobuses y terminales marítimas así como de los catamaranes y autobuses del servicio regular de transporte de viajeros por carretera y marítimo, competencia de la Junta de Andalucía, complementada con la recomendación de colocación de dispensadores de gel de hidroalcohol en las referidas estaciones.

2. Desinfección diaria del material móvil y de las estaciones de las líneas de los servicios de transporte de ferrocarril metropolitano, competencia de la Junta de Andalucía (metros de Andalucía), complementada con la recomendación de colocación de dispensadores de geles de hidroalcohol en todas ellas.

3. Suspensión de las pruebas selectivas, ya convocadas, del certificado de aptitud profesional de los conductores de vehículos de transporte de mercancías y viajeros por carretera.

Medidas preventivas en materia de docencia y empleo.

1. Suspender las actividades docentes presenciales en el Sistema Universitario Andaluz.

2. Suspensión de la actividad docente presencial en todo el Sistema Educativo Andaluz.

3. La suspensión de la actividad formativa de formación profesional para el empleo, por los mismos periodos de suspensión acordados para la actividad educativa presencial del sistema educativo, respecto de los centros y entidades de formación públicas y privadas, así como respecto de la Red de Centros Propios de formación profesional para el empleo, en los que se impartan acciones formativas de formación profesional para el empleo, en modalidad presencial, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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4. La suspensión de las acciones formativas en curso de las Escuelas de Formación adscritas a la Agencia Servicio Andaluz de Empleo así como de las prácticas laborales derivadas de las mismas.

5. La suspensión de todas las actuaciones derivadas de los programas contenidos en el Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los Programas para la Inserción Laboral de la Junta de Andalucía y el Decreto 192/2017, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Programa de Fomento del Empleo Industrial y Medidas de Inserción Laboral en Andalucía que conlleven desplazamiento o reuniones sean de carácter informativo o formativo. Esta suspensión no afecta a las acciones subvencionadas de carácter individual que se desarrollarán por medios telemáticos y no presenciales.

6. La suspensión temporal de la actividad al público de las Residencias de Tiempo Libre de la Junta de Andalucía.

7. Suspensión de congresos, seminarios, cursos, jornadas etc. independientemente del número de aforo y de los colectivos.

8. Medidas preventivas en materia de medio ambiente y agricultura.

9. Cierre de los equipamientos de uso público de la Red de Espacios Naturales de Andalucía, como son, los equipamientos de recepción e información al visitante (centros de visitantes, puntos de información y ecomuseos), así como los equipamientos de educación ambiental (aulas de naturaleza).

10. Cierre de la Red de Jardines Botánicos, así como la suspensión temporal de todas las visitas los Centros de Recuperación de Especies Amenazas (CREAs) y Centros de Especies Marinas Amenazadas (CEGMAs).

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11. Suspensión de las visitas de a los Centros de Defensa Forestal (CEDEFOs) en el ámbito de la prevención social y a otros centros dependientes de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía.

12. Suspensión de autorizaciones por la Autoridad ambiental de todas aquellas actividades de uso público que requieran de autorización al realizarse en espacios protegidos, y que impliquen la participación de grupos de personas. En concreto, todas aquellas actividades de turismo activo reguladas por la Orden de 20 de marzo de 2003, conjunta de las Consejerías de Turismo y Deporte y de Medio Ambiente.

13. Suspensión de autorizaciones de las actividades de uso público reguladas en los PORN y PRUG de los espacios protegidos.

14. Suspensión de las actividades formativas de carácter presencial impartidas por el Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, IFAPA.

Medidas preventivas en materia de cultura, ocio y deporte

1. Cierre de los centros, que incluyen museos, bibliotecas, archivos, centros de documentación, teatros, cines, espacios escénicos, y conjuntos culturales y enclaves arqueológicos y monumentales.

2. La suspensión de la actividad y cierre al público de los festivales, exposiciones y programas culturales con independencia del espacio en el que se desarrollen.

3. Suspensión de la actividad de las instalaciones deportivas, cierre de gimnasios, salas de entrenamiento y discotecas.

4. La suspensión de todos los eventos, actividades y competiciones deportivas que se tengan previsto celebrar en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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5. Se suspenden las actividades colectivas en espacios cerrados de más de 300 personas, por debajo de esta cantidad se reduce a un tercio de aforo.

6. Suspensión de la apertura al público de la temporada de esquí en Sierra Nevada.

Recomendaciones.

1. Se recomienda, siempre que sea posible, la promoción por parte de las empresas del teletrabajo, flexibilidad horaria, organización de turnos escalonados y celebración de reuniones por videoconferencia. También la elaboración de planes de continuidad de actividad de la empresa que prevean la actuación a llevar a cabo ante la situación originada por el Coronavirus.

2. Se recomienda a personas con enfermedades crónicas o pluripatológicas que limiten las salidas de sus domicilios.

3. Se recomienda evitar los viajes innecesarios, evitando así el trasvase de población entre municipios, provincias y Comunidades Autónomas.

4. Se recomienda llamar al teléfono gratuito y específico de atención al coronavirus 900400061, así como al de Salud Responde 955545060.

5. Se recomienda utilizar sólo para urgencias y emergencias los teléfonos 061 y 112.

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6. Se recomienda en actividades al aire libre que se extremen las medidas de higiene individual.

7. Se recomienda evitar los saludos físicos.

h) Se recomienda que no se faciliten billetes de desplazamientos entre ciudades a las personas sin hogar, por lo que, en consecuencia, habría que prolongar su estancia en los centros residenciales o de acogida a personas sin hogar.

8. Recomendación de la recarga de los títulos de los servicios de transportes de competencia autonómica por Internet para evitar el uso de máquinas expendedoras.

9. Recomendación a los servicios regulares de transporte de viajeros de uso especial y a los servicios discrecionales con vehículos de más de nueve plazas, de la desinfección diaria de estos vehículos que están prestando servicio en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

10. Recomendación al sector de los VTC y al del servicio de Autotaxi, del empleo de medidas de protección consistentes en el uso de geles de hidroalcohol y opcionalmente guantes, así como la limpieza y desinfección diaria de los vehículos, así como priorizar el pago mediante tarjeta o medios telemáticos, siempre que sea posible.

11. Se recomienda la restricción de la salida de residentes de los centros, salvo causas justificadas y cuando la misma resulte autorizada por la Dirección del Centro, bajo su responsabilidad y de forma fehaciente.

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12. Se recomienda la suspensión de actividades al aire libre en Andalucía con una previsión de asistencia de más de 1000 personas

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