El aviso de la ITV sobre la instalación de equipos de sonido en los vehículos

Si superan la altura del respaldo de los asientos hay que volver a pasar la inspección

Ideal

Viernes, 12 de febrero 2021, 11:17

Todos los vehículos tienen que pasar periódicamente la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), que en Andalucía realiza la empresa pública VEIASA. El objetivo de la ... ITV es verificar que los vehículos cumplen la normativa vigente en cuanto a requisitos técnicos para poder circular con seguridad. En ocasiones los dueños realizan reformas que pueden poner en peligro dicha seguridad, en cuyo caso hay que volver a pasar la ITV para que se certifique que tras la misma se siguen cumpliendo los requisitos técnicos exigidos para la circulación.

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Se considera reforma cualquier actuación realizada al vehículo después de su matriculación, como desinstalaciones o instalaciones de elementos, modificaciones o supresiones. Un ejemplo de reforma sería instalar pantallas DVD en el techo o el reposacabezas de los asientos del coche.

Algunos conductores también apuestan por instalar equipos de sonido en el maletero. Respecto a esta instalación, VEIASA ha querido aclarar cuándo se considera reforma y cuándo no. «La instalación de equipos de sonido en el maletero no se considera reforma siempre que no se superen la altura del respaldo de los asientos», ha señalado VEIASA en su cuenta de Twitter. Así, de hecho, viene recogido en el Manual de Reformas de Vehículos elaborado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

VEIASA también aclara que, en caso de que esta instalación sea considerada reforma por superar la altura del respaldo de los asientos, será necesario volver a pasar la ITV aunque todavía no haya caducado la inspección anterior.

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