El exdirector general de Trabajo Francisco Javier Guerrero EFE

La Audiencia de Sevilla rechaza el ingreso en prisión de cuatro condenados de los ERE

Fernández, Guerrero, Viera y Márquez seguirán en libertad provisional hasta el fallo del Supremo, pero se les retirará el pasaporte

Viernes, 29 de noviembre 2019, 14:30

El tribunal que juzgó la pieza política del 'caso de los ERE' ha decidido este mediodía rechazar la petición de la Fiscalía anticorrupción para que ... cuatro de los diez condenados con penas de prisión ingresen de inmediato en la cárcel hasta el fallo definitivo por el Tribunal Supremo. De esta forma, los exconsejeros de Empleo Antonio Fernández y José Antonio Viera, así como los exdirectores de Trabajo Javier Guerrero y Juan Márquez seguirán en libertad, aunque con las mismas medidas cautelares hasta ahora. Todos ellos deben personarse en los juzgados el primer lunes de cada mes.

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El tribunal, que preside el magistrado Juan Antonio Calle Peña, considera que no existe ningún dato adicional del que pueda deducirse la sospecha de que puedan eludir la acción de la justicia, según información del gabinete de prensa del TSJA.

La Audiencia mantiene las medidas cautelares impuestas a Francisco Javier Guerrero y Antonio Fernández y acuerda comunicar a la Dirección General de la Policía, la prohibición de expedirles pasaporte. Además, impone a José Antonio Viera y a Juan Márquez la designación de domicilio en el que puedan ser localizados, debiendo comunicar inmediatamente cualquier cambio del mismo; la obligación de comparecer ante el tribunal el primer lunes de cada mes, y cada vez que fueren llamado por este órgano judicial o por el que conozca de la causa, así como la prohibición de abandonar el territorio español, debiendo hacer entrega del pasaporte. También se acuerda comunicar a la Dirección General de la Policía, la prohibición de expedir pasaporte.

La Audiencia responde en el auto a la petición del Ministerio Ministerio Público al que se adhirió la acusación particular del Partido Popular respecto al riesgo de fuga de los condenados. En este sentido, señala que el legislador ha señalado «cuáles son los criterios que han de tenerse en cuenta para valorar este riesgo, ninguno de los cuales indicaría en este caso un riesgo objetivo más allá de la posibilidad, siempre existente, de que una persona decida no comparecer ante la Justicia», según el auto dictado por el magistrado y facilitado por el gabinete de prensa del TSJA.

Según este, los condenados «tienen un domicilio conocido, donde han sido citados cada vez que ha resultado necesario. Han comparecido a los llamamientos judiciales cada vez que han sido citados, la última vez, para la comparecencia celebrada en el día de ayer. Sin que aparezca ningún dato adicional del que pueda deducirse la sospecha de que puedan eludir la acción de la justicia».

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El mismo tribunal condenó a Fernández y Guerrero a siete años y once meses de cárcel; y a Viera y Márquez a siete años y un día. Además todos ellos fueron inhabilitados. Las condenas responden a delitos de malversación y prevaricación por el uso ilegal de un procedimiento para el pago de ayudas sociolaborales desde la Consejería de Empleo a las empresas en crisis, 680 millones de euros entre 2000 y 2009.

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