El Supremo archiva la causa contra José Luis Sanz por el contrato a un concejal
El alcalde de Tomares, que vuelve a presentarse a las elecciones, agradece al PP andaluz y sevillano «que hayan confiado en mi inocencia»
R.I.
Sábado, 18 de abril 2015, 00:17
La Sala II del Tribunal Supremo no aprecia indicios relevantes de delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos en el senador y alcalde de ... Tomares (Sevilla) José Luis Sanz Ruiz, que fue secretario general del PP-A, por lo que archiva su caso y devuelve las diligencias al Juzgado de Instrucción número 8 de Sevilla, que le elevó una exposición razonada sobre dicho parlamentario.
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Sanz, que estuvo a punto de ser presidente regional del PP-A tras su mentor, Juan Ignacio Zoido, cuando éste abandonó el cargo, repite ahora como candidato a la Alcaldía de la localidad de Tomares, la que cuenta con la mayor renta per capita de la provincia. Este viernes hizo público un comunicado en el que agradeció al Partido Popular de Andalucía y de Sevilla «que hayan confiado en mi inocencia» y que nunca hayan tenido duda alguna de su gestión.
La investigación judicial se refiere al contrato por el cual el concejal de Participación Ciudadana, Sanidad y Consumo del Ayuntamiento, Juan Campos, percibió retribuciones del Consistorio cuando no formaba parte de la Corporación a cambio de la elaboración de una serie de informes de una sola frase.
El Supremo considera que la exposición razonada elaborada por el juzgado no concreta los indicios que dice que pudieran existir contra el alcalde y considera que la conducta de Sanz «no es susceptible de subsumirse indiciariamente en el delito de prevaricación y tampoco en el de malversación de caudales públicos».
Así, rechaza la prevaricación y no cree contrario a derecho ni arbitrario el contrato firmado por Sanz. Matiza que «otra cosa es que después se vulnere» la ley de contratos públicos en lo que se refiere a duración o cuantía, «pero son actuaciones posteriores e independientes a la contratación propiamente dicha». No se acredita que Sanz tuviera conocimiento de los informes presentados por Campos o de la ausencia de los mismos y en lo que se refiere al documento de aprobación de gasto el Supremo ve que el alcalde no realizó ninguna conducta «aparentemente irregular».
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Sobre la malversación, el tribunal también señala que «no consta» que el alcalde haya tenido conocimiento de que, presuntamente, se estuvieran pagando facturas por trabajos inexistentes ni se mencionan indicios de que en la ejecución de los contratos y, por ello, «fuera conocedor el mal uso del erario público». «No hay indicios de que el aforado sustrajera o consintiera que lo hiciera un tercero, caudales o efectos del Ayuntamiento, por lo que no se aprecian indicios de malversación de caudales públicos», dice la sala.
Sanz mostró su satisfacción y también su confianza en que otros compañeros del ayuntamiento imputados, como el teniente de alcalde Eloy Carmona, queden también exonerados. El dirigente popular afirmó que «siempre» ha confiado en la Justicia y que estaba convencido de que el Supremo iba a archivar el caso porque «nunca se ha hecho nada irregular en el Ayuntamiento».
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