No condenan el robo de chapas de una mina como delito contra el Patrimonio
El hurto afectó a la cubierta de una nave en el complejo La Tortilla de Linares, catalogado en el Patrimonio Histórico Andaluz
Juan Esteban Poveda
Martes, 29 de diciembre 2015, 00:41
El juzgado de lo Penal número 1 de Jaén ha condenado a seis meses y diez meses de cárcel a dos vecinos de Linares que ... se apoderaron de la techumbre de un complejo minero propiedad del Ayuntamiento y catalogado como Patrimonio Histórico Andaluz. En concreto se llevaron parte de la techumbre de la nave valorada en 580,80 euros, aunque los daños ocasionados ascienden a 2.783 euros, cantidad que deberán devolver al consistorio linarense en concepto de responsabilidad civil. La condena ha sido por un delito de hurto común. El hecho de que a uno de los acusados se le imponga una pena superior se debe a la concurrencia del agravante de reincidencia.
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La sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, recoge que los hechos sucedieron el 9 de marzo de 2014 cuando los acusados, M.J. de H. y A.M.P. «previamente concertados» se dirigieron al complejo minero Fundición 'La Tortilla' para sustraer material y su posterior venta como chatarra.
Las claves
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¿Chapas o Historia?
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La sentencia establece que en este caso no está probado el valor histórico del material robado
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Precedente
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Solo ha trascendido una condena que agravó un hurto en una mina por el valor patrimonial, y uno de los condenados va a ingresar en prisión
Aunque el Ministerio Fiscal había pedido inicialmente la imposición de 2 y 3 años de cárcel por entender que el hurto era agravado al considerar que se trataba de un bien de valor histórico y cultura, la magistrada Valle Gómez lo rechaza y lo deja en un simple hurto puesto que «lo que se sustrae es una chapa de techumbre de una nave, de tal forma que independientemente que la Fundición en sí misma forme parte del Patrimonio Histórico Andaluz no significa que se deba agravar la pena al sustraer unas chapas de acera».
Interés patrimonial
De esta forma, la magistrada asume los argumentos de la defensa que inicialmente solicitaba la absolución de los dos acusados y en su caso la condena por un simple delito de hurto al «no haber quedado acreditado el interés patrimonial» de lo sustraído.
Los dos acusados reconocieron durante el juicio que se llevaron las chapas, pero que en ningún momento entraron en la nave puesto que se trataba de unas chapas abandonadas que las cogieron para venderlas como chatarra porque se dedican a ello.
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Fue una patrulla de la Guardia Civil las que los localizó en el exterior cargando con las chapas. Las puertas de la Fundición no fueron forzadas y se encontraban soldadas, pero sí detectaron un agujero por el que se presupone que pudieron acceder al interior para hacerse con las chapas.
Uno de los proyectos turísticos más ambiciosos de la ciudad de Linares es la construcción de un parque minero dotado con una mina visitable precisamente en el complejo minero de La Tortilla.
Antecedentes
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El mismo juzgado ya condenó hace meses a 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad a F.J.F.F. y A.M.C.M. por un delito de hurto en grado de tentativa en 'Mina Esmeralda', en Bailén, perteneciente al Patrimonio Histórico Minero Industrial del antiguo distrito Linares-La Carolina recogido en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. Tampoco se agravó la pena por tratarse de un espacio protegido por su interés histórico.
La sentencia la recoge la agencia Europa Press justo cuando un linarense, Martín G.V. está a las puertas de ingresar en prisión precisamente porque otra jueza sí le aplicó la agravante del daño al robo de unos metales de restos mineros. En 2014 la titular del Penal 2 de Jaén, condenó a un año y tres meses de prisión a Martín G. V. y Álvaro M.G., a los que la Guardia Civil sorprendió cuando intentaban llevarse una viga metálica de un puente de las minas de Linares cortada a trozos para venderla al peso. La pena fue por el delito tentativa de hurto de bienes de valor histórico y cultural en concurso con un delito de daños.
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Patrimonio
Era la primera vez que se penaba como delito contra el Patrimonio el expolio de los restos mineros, que en sentencias anteriores y posteriores se ha venido castigando como robo de chatarra común.
En el juicio declaró un técnico del Ayuntamiento de Linares que explicó «con rotundidad y contundencia» que «la viga dañada es Patrimonio», lo que facilitó la condena agravada por un delito contra un bien de interés cultural.
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