Cómo optar a la tarifa regulada del gas en una comunidad de vecinos con calefacción
El nuevo Real Decreto del Gobierno permite acogerse a la tarifa de último recurso del mercado regulado
Á. M.
Miércoles, 26 de octubre 2022, 12:08
La inflación está provocando diversos problemas a todos los ciudadanos europeos. Desde los elevados costes de la gasolina hasta la subida generalizada de los ... principales alimentos que encontramos en el supermercado. Por supuesto, el precio del gas no ha quedado ajeno a este incremento. Por ello, algunos consumidores empiezan a optar por otras opciones: la tarifa regulada.
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Por el momento, aquellas comunidades de vecinos con calefacción tenían que acogerse sí o sí a alguna de las tarifas disponibles en el mercado libre del gas. Sin embargo, a partir de la publicación del Real Decreto Ley 18/2022 en el BOE, esta situación cambia por completo.
Las comunidades de vecinos pueden optar desde ya por la Tarifa de Último Recurso 3 (TUR 3), una tarifa ideada para negocios u hogares con un gran consumo de agua caliente, cocina y calefacción al año (hasta 50.000 kWh/año). Esta TUR forma parte del mercado del gas regulado en el que el Gobierno fija el importe de la tarifa en lugar de las empresas comercializadoras.
El nuevo Real Decreto permite a las comunidades acogerse a esta TUR 3 aunque su consumo de gas supere el máximo indicado hasta el 31 de diciembre de 2023. Para ello, deberán cumplirse ciertos requisitos.
Por un lado, la comunidad de vecinos deberá haber superado la inspección de eficiencia energética, según lo indicado en el Real Decreto 1027/2007. Además, tendrá que acreditar que se encuentra al día de los pagos a su empresa comercializadora del gas y comprometerse a instalar contadores individuales de calefacción de cara al 30 de septiembre de 2023.
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