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Sede del Tribunal Supremo. Óscar Chamorro
El sexo forzado en el matrimonio también es violación

El sexo forzado en el matrimonio también es violación

El Supremo establece que la libertad sexual de la mujer casada o en pareja «es igual que la de cualquier otra mujer»

Álvaro Soto

Madrid

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Miércoles, 22 de mayo 2019, 17:01

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Ninguna mujer puede ser forzada a mantener relaciones sexuales con su pareja, tampoco las casadas. Así lo establece el Tribunal Supremo en una sentencia que desestima el recurso de casación interpuesto por un condenado al que la Audiencia Provincial de Málaga impuso nueve años de prisión por violación y nueve meses por maltrato.

Según expone la sentencia, el 6 de julio de 2014 el condenado quiso mantener relaciones sexuales con su mujer, con la que llevaba casado 25 años. Con gritos como «es tu obligación» y «es domingo y toca», además de otros insultos, M. J. V. S. la emprendió a golpes con su esposa y acabó «penetrándola vaginalmente». Inmediatamente después, la víctima fue a la comisaría de Policía a denunciar los hechos y el hombre fue detenido.

Tras la condena en la Audiencia Provincial, M. J. V. S. decidió recurrir al Supremo con el argumento de que el matrimonio «lleva consigo el derecho de los cónyuges a tener acceso carnal con su pareja cuando uno de ellos quiera pese a la negativa del otro». Pero nada más lejos que lo ocurrido. El alto tribunal se muestra muy claro al asegurar que «ese planteamiento debe ser rechazado».

«No puede admitirse bajo ningún concepto que el acceso carnal que perseguía el recurrente es (...) una obligación de la mujer y un derecho del hombre», asegura el Supremo. «La libertad sexual de la mujer casada, o en pareja, emerge con la misma libertad que en cualquier otra mujer (...) El matrimonio no supone la sumisión de un cónyuge al otro, ni mucho menos enajenación de voluntades ni correlativa adquisición de un derecho ejecutivo cuando se plantee un eventual incumplimiento de las obligaciones matrimoniales, si así puede entenderse la afectividad entre los casados. La libertad sexual no se anula por la relación conyugal, por lo que no existe justificación alguna para violentar por la fuerza o mediante intimidación la voluntad contraria del otro cónyuge», concluye el tribunal.

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