La sanción de hasta 15.000 euros para autónomos por no disponer de un documento obligatorio
El consumidor tiene derecho a poder redactar en todo momento una queja formal acerca del servicio recibido
IDEAL
Sábado, 5 de marzo 2022, 10:25
Los consumidores gozan de diversas maneras en la actualidad de valorar un producto o servicio. Desde dejando un comentario o una puntuación en una app ... digital hasta recurriendo a las redes sociales para comentar con otros usuarios su experiencia personal. Además, el autónomo debe disponer de un método tradicional y cada vez más utilizado de manera obligatoria para no quedar expuesto a diversos castigos. Hacienda ya sanciona con 50.000 euros a los autónomos.
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Se trata de la conocida hoja de reclamaciones. Se trata de un documento en el que el usuario puede redactar una queja formal sobre el servicio recibido en un establecimiento con el objetivo de que la Administración pueda ser consciente de la vulneración de sus derechos. Todos los autónomos deben tener estas hojas de reclamaciones en sus locales a disposición del consumidor. En caso contrario, se expondrán a una dura sanción económica. Hacienda vigila los pagos en efectivo de estos seis trabajos autónomos.
Esta puede alcanzar los 15.000 euros en el peor de los casos, mientras que el mínimo castigo alcanza los 3.000 euros. Cada comunidad autónoma se encarga de regular la normativa en cuestión, aunque el procedimiento para rellenar la hoja de reclamaciones no cambia. Esta consta de tres folios: uno verde (copia para el consumidor), uno rosa (copia para el autónomo) y otro blanco (para la Administración).
El usuario que rellena la reclamación deberá redactar ciertos datos personales, como el DNI, su nombre completo o su domicilio. Por su parte, el establecimiento implicado también tendrá que aportar cierta información: nombre, dirección, teléfono e identificación fiscal. Acto seguido, el consumidor podrá expresar su queja y explicar sus reivindicaciones para ser compensado.
Plazo de respuesta
A partir del día siguiente a la fecha de recepción de la hoja de reclamaciones, el trabajador por cuenta propia tiene un plazo de entre 10 y 14 días para contestar a la reclamación mediante un escrito razonado.
Dentro de ese plazo, la Administración le ofrece al negocio implicado la oportunidad de defenderse y esclarecer su versión de los hechos que dieron lugar a dicha reclamación. Si el autónomo no responde o si el consumidor no queda satisfecho con sus alegaciones, será la Administración la encargada de tomar una decisión en dicho conflicto.
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