¿Pueden los autónomos rescatar su plan de pensiones anticipadamente?

El rescate se puede hacer siempre que se cumplan unas estrictas condiciones

Ideal

Domingo, 21 de junio 2020, 10:08

El objetivo de los planes de pensiones es ahorrar un dinero de cara a la jubilación para vivir un retiro más tranquilo. No obstante, a ... lo largo de la vida laboral pueden surgir problemas económicos a los que se podría hacer frente con el dinero ahorrado en dicho plan. Por ello la ley recoge algunos supuestos en los que se permite el rescate anticipado de los planes de pensiones.

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En el caso de los autónomos que hubieran estado integrados en un régimen de la Seguridad Social como tales, pueden acceder al dinero de su plan de pensiones si han cesado su actividad. Las condiciones para rescatar el plan de pensiones son las siguientes:

-No tener derecho a las prestaciones por desempleo en su nivel contributivo, o haber agotado dichas prestaciones.

-Estar inscrito en el momento de la solicitud como demandante de empleo en el servicio público de empleo correspondiente. En un principio la ley obligaba a figurar como demandante de empleo de forma ininterrumpida durante los 12 meses anteriores a la solicitud, pero este criterio fue eliminado en 2009 y ya no se exige un tiempo mínimo.

Por tanto, para solicitar el rescate anticipado hay que inscribirse en el servicio de empleo como demandante. Después se debe acudir a la entidad que gestione el plan de pensiones (banco, compañía de seguros…) donde informarán de las características del rescate y los requisitos a cumplir. Para hacer efectivo el rescate es probable que pidan varios documentos, entre ellos el certificado que acredite que se está inscrito como demandante de empleo o el certificado que demuestre que no se tiene derecho a cobrar prestación contributiva.

Rescate del plan de pensiones por la crisis del coronavirus

Con el objetivo de paliar los efectos económicos y sociales derivados de la crisis del coronavirus, el Gobierno ha puesto en marcha algunas medidas especiales, entre las que se encuentra el rescate anticipado de pensiones. Los autónomos pueden solicitar este rescate en caso de que su actividad haya cesado o su facturación haya caído un 75% como consecuencia del estado de alarma.

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No obstante, la cantidad de dinero que se puede rescatar es limitada. Como máximo, el titular podrá tener disponible del conjunto de sus planes de pensiones la menor de las siguientes cuantías:

- La cantidad resultado de prorratear el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) anual para 12 pagas vigente en 2020 (6.454 euros) multiplicado por tres en la proporción que corresponda al periodo de cese de actividad. Es decir, por cada mes que se cumplan los requisitos se podría recuperar 1.613 euros.

- Los ingresos netos estimados que se hayan dejado de percibir durante un periodo de cómputo máximo igual a la vigencia del estado de alarma más un mes adicional.

El plazo para solicitar el rescate es de seis meses, contados a partir de la entrada en vigor del real decreto que declara el estado de alarma (14 de marzo). El reembolso se deberá hacer efectivo dentro del plazo máximo de siete días hábiles desde que el partícipe presente la documentación correspondiente.

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