Los morosos no podrán acceder a las zonas comunes del vecindario como la piscina
Un cambio en la legislación permitirá también restringir la entrada a gimnasios o jardines
IDEAL
Jueves, 10 de noviembre 2022, 16:45
Novedades en la legislación que regula a las comunidades de vecinos. De acuerdo con un reciente cambio que recoge la web Cinco Días, las comunidades ... de vecinos podrán restringir el acceso a zonas comunes no indispensables, como la piscina, el gimnasio o los jardines, a aquellos propietarios que sean morosos. Este cambio viene determinado por la Ley 10/2022, de 14 de junio, publicada recientemente en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esta ley recoge medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria.
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En todo caso, según detalla la normativa, esta privación temporal no podrá ser ni «abusiva» ni «desproporcionada». Tampoco podrá afectar a la habitabilidad de los inmuebles, por lo que en el grupo de vetos podrán entrar previsiblemente las piscinas, parques y jardines comunes, pero no otros elementos como el ascensor o el garaje.
Además de este cambio, la normativa permite además a partir de ahora que la comunidad de propietarios pueda acordar otras medidas disuasorias frente a la morosidad, «tales como el establecimiento de intereses superiores al interés legal».
Finalmente, tal y como recoge el BOE, tanto la privación de elementos comunes como el establecimiento de intereses económicos no podrán tener en ningún caso carácter retroactivo y deberán recogerse en los estatutos de la comunidad.
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