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Gastos de la hipoteca: ¿cuánto paga realmente el cliente y cuánto el banco?

Gastos de la hipoteca: ¿cuánto paga realmente el cliente y cuánto el banco?

Notaría, registro, gestoría, comisión de apertura, Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y tasación, ¿quién asume cada gasto?

A.O.

Lunes, 28 de enero 2019, 01:50

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El pasado jueves 24 de enero, el Tribunal Supremo volvió a pronunciarse sobre las cláusulas abusivas en las hipotecas, mediante varias sentencias que fijan doctrina sobre la comisión de apertura, los aranceles de notario y registrados, el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentos (IAJD) y los gastos de gestoría.

¿Qué paga realmente el cliente?

Según Finect, la red social de bolsa y mercados para inversores, estos son los gastos que supone una hipoteca de 100.000 euros, aproximadamente:

Notaría: 775 euros

Registro: 305 euros

Gestoría: 375 euros

Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: 1.125 euros

Comisión de apertura del 1%: 1.000 euros

Tasación: 300 euros

En total: cerca de 4.000 euros de gasto

¿A quién le corresponde cada gasto?

Comisión de apertura: el Tribunal Supremo considera que no es una cláusula abusiva, por lo que deberá pagarla el cliente. El banco, sin embargo, está obligado a informar sobre su existencia. Esta comisión suele oscilar entre el 0,5% y el 2%.

Gastos de notaría: estos gastos deben se asumidos a medias entre el banco y el cliente, ya que la intervención notarial interesa a ambas partes. Suelen ser gastos de entre 40 y 200 euros.

Escritura de modificación del préstamo hipotecario: también debe ser abonada por ambas partes, por el mismo motivo que los gastos de notaría.

Escritura de cancelación de hipoteca: en este caso, el interesado es el cliente y, por lo tanto, deberá hacerse cargo.

Gastos de registro: en este caso, es el banco que concede la hipoteca el que debe correr con los gastos del Registro de la Propiedad. No obstante, la inscripción de la escritura de cancelación correrá a cargo del cliente.

Actos jurídicos documentados (AJD): éste supone unos dos tercios de los gastos totales de la constitución de la hipoteca y, desde el pasado mes de noviembre, debe pagarlo la entidad financiera.

Tasación: este gasto debe ser abonado por el cliente, hasta el momento, ya que el Tribunal Supremo no se ha pronunciado al respecto.

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