Las enfermedades con las que la DGT prohíbe conducir
Una lista concentra aquellas afecciones que impiden sacarse el carné o renovarlo
c. álvarez
Viernes, 1 de julio 2022, 11:40
La Dirección General de Tráfico (DGT), que cuenta con un nuevo sistema para evitar que los infractores se libren de las multas, obliga ... a los conductores, cada cierto tiempo, a realizar un examen físico para comprobar que el conductor reúne todos los requisitos para poder ponerse delante de un volante. Este examen médico debe realizarse en un Centro de Reconocimiento de Conductores homologado.
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Encima de la mesa existe un debate desde hace tiempo sobre los tiempos de la renovación de carné de conducir y también sobre las enfermedades que pueden impedir la renovación del permiso. De hecho, la DGT ha elaborado una lista con las enfermedades con las que no se puede conducir. Así, aquellos que sufran alguna de ellas no tendrán autorización para sacarse el carné o renovarlo, salvo aquellas que dispongan de un informe realizado por su médico especialista que le verifique que sí es apto para la conducción.
Estas enfermedades se engloban en nueve categorías: cardíacas, vasculares, endocrinas, psiquiátricas, neurológicas, digestivas, respiratorias, oncológicas, crónicas y degenerativas.
Enfermedades crónicas y degenerativas:
Estas enfermedades son incompatibles con la conducción, según señala la DGT:
- Alzheimer.
- Esclerosis lateral amiotrófica.
- Temblor esencial.
- Enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
- Distrofia muscular.
- Osteoporosis.
- Parkinson.
- Artritis reumatoide.
- Enfermedades cardíacas
- Arritmias.
- Infarto agudo de miocardio: deben haber pasado como mínimo 6 meses desde que sucedió.
- Portadores de prótesis valvulares: el mismo caso que con el infarto de miocardio.
- Portadores de marcapasos: tres años de vigencia una vez que haya pasado un mes desde la colocación.
- Portadores de desfibrilador automático: igual que el caso del marcapasos.
Enfermedades psiquiátricas
Salvo que la persona padezca un trastorno leve y tenga un informe médico que lo certifique, estará incapacitado para conducir con estos trastornos mentales.
- Demencia y Trastorno de ansiedad.
- Trastorno de la personalidad.
- Depresión.
- Trastorno del sueño.
- Trastorno Obsesivo Compulsivo.
- Trastorno del desarrollo intelectual.
- TDH.
- Dependencia del alcohol y/o drogas.
- Enfermedades endocrinas
- Hipotiroidismo y paratiroides: podrá renovarse entre 1 y 10 años.
- Diabetes mellitus insulinodependiente: renovación entre 1 y 5 años.
Problemas vinculados a la vista
Las enfermedades que afectan a la vista son la que más riesgo presentan. Como el glaucoma o las cataratas.
- Cataratas: Si el paciente se opera de esta dolencia, no será legal que conduzca hasta un mes después y solo si el oftalmólogo le ha dado una evaluación favorable.
- Glaucoma: Para renovar el carnet de conducir con un glaucoma, es necesario un informe favorable.
Enfermedades respiratorias:
- Apnea del sueño: No se permite conducir con un Índice de apnea-hipopnea igual o superior a 15, asociado a somnolencia diurna moderada o grave. Según qué casos, con un informe positivo del médico, será posible su renovación durante un período de tres años o un año.
- Disnea permanente en reposo o de esfuerzo leve: No se admite la renovación de carné en ningún caso
Enfermedades digestivas
- Trasplante renal: Los sometidos a transplante renal, transcurridos más de seis meses de antigüedad de evolución sin problemas derivados de aquél, con informe favorable de un nefrólogo, podrán obtener o prorrogar permiso o licencia con período de vigencia establecido a criterio de facultativo.
- Nefropatía con diálisis: Los enfermos sometidos a programas de diálisis, con informe favorable de un nefrólogo, podrán obtener o prorrogar permiso o licencia, reduciendo, a criterio facultativo, el período de vigencia
Enfermedades neurológicas
- Crisis o pérdida de conciencia: en el caso de que haya ocurrido durante el último año, no se admite la renovación del carné.
- Epilepsia: vigencia de 1 a 10 años.
- Accidente isquémico transitorio: hasta un año de ampliación con un informe favorable.
Enfermedades vasculares:
- Disección: tras un plazo de seis meses desde la operación, se podrá renovar de 1 a 2 años el carné.
- Aneurisma de grandes vasos: en caso de que no exista peligro de rotura de vasos sanguíneos se podrá hacer una renovación de 1 a 10 años.
Enfermedades oncológicas:
- Trastornos oncohemáticos: Si no se padecen alteraciones graves, se podrá renovar durante un año.
- Dolencias oncológicas: El paciente se debe mantener sin ninguna dolencia ni tratamiento para poder renovar el permiso. En dicho caso logrará una renovación de entre 1 y 5 años.
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