Este es el cálculo por retención de IRPF que deberán realizar los parados
Aunque es una ayuda al desempleo, el paro es una renta sujeta a retenciones por conceptos fiscales como el IRPF, conozca los porcentajes exactos que se deducen en cada caso.
Daniela Londoño
Sábado, 20 de mayo 2023, 11:02
La mayoría de ayudas al desempleo que gestiona el Servicio Público de Empleo (SEPE) son consideradas fiscalmente como rentas de empleo. Por lo tanto, deben ... ser declarados ciertos impuestos, uno de ellos es el Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF. Esta retención aplica casi de manera similar que si la persona beneficiaria del paro estuviese trabajando. De modo que, es posible que se generen algunas dudas sobre las retenciones que deben aplicarse en cada caso.
La cuantía de retención que aplica al paro, dependerá de la cuantía de la prestación que se perciba mes a mes. Al mismo tiempo, se consideran una serie de circunstancias familiares y personales. Es decir, aplican los mismos criterios que para las personas que perciben cualquier salario por su trabajo habitual. En este sentido, para conocer el monto a retener por IRPF se debe considerar el importe total de la prestación. Para ello hay que tener en cuenta el año en curso y el tiempo que se viene cobrando el paro, sumado a las situaciones familiares personales de cada individuo.
Teniendo en cuenta esto, es claro que las retenciones por IRPF variarán según el caso y circunstancias y no serán para todas las personas las mismas. Por ejemplo, depende de algunas situaciones como:
· Ingresos a percibir en el año
· Gastos deducibles de declaración de renta por rendimientos del trabajo (cuota de Seguridad Social)
· Si se es cónyuge a cargo
· Pago de pensiones por manutención que no son susceptibles de deducciones
· Reside en Ceuta, Melilla o La Palma
· Si se está pagando un préstamo de vivienda para vivienda habitual
Para calcular con exactitud el monto de estas retenciones, la Agencia Tributaria ha dispuesto de un simulador en su sede virtual. Los usuarios podrán calcular allí con exactitud el monto de retención que corresponde en cada caso con base en sus datos familiares y personales. Por último, cabe recordar que sobre las retenciones en el IRPF hay algunas excepciones. Es decir, hay circunstancias en los que los ciudadanos estarán libres de aplicarse este impuesto en función de los umbrales de renta. Estas circunstancias son:
· Si la persona contribuyente es soltera, viuda, divorciada o separada legalmente: 18.470 euros con un hijo, 19.817 euros con dos.
· Si la persona contribuyente tiene un cónyuge que no obtiene rentas superiores a 1.500 euros anuales excluidas las exentas: 17.896 euros con ningún hijo, 19.094 euros con uno, 20.441 euros con dos
· Otras situaciones: 16.200 euros para personas con ningún descendiente, 16.799 euros con uno y 17.472 euros con dos.
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