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El bono social podrá solicitarse en cualquier momento: estos son los requisitos

El bono social podrá solicitarse en cualquier momento: estos son los requisitos

Aquellos consumidores que no hayan renovado el bono social antes del 31 de diciembre dejarán de recibirlo, aunque podrán volver a solicitarlo

a.o.

Jueves, 24 de enero 2019, 02:36

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El plazo para solicitar la renovación del bono social eléctrico finalizó el pasado 31 de diciembre para aquellos usuarios que disfrutaban de él desde antes de octubre del año 2017 (antiguo bono social). No obstante, el Ministerio de Transición Ecológica ha explicado en una nota que el descuento podrá ser solicitado en cualquier momento, tanto si ya se ha disfrutado de él como si se solicita por primera vez.

De esta forma, aquellos consumidores que no hayan renovado el bono social antes del 31 de diciembre dejarán de recibirlo, aunque podrán volver a solicitarlo presentando la documentación necesaria en la compañía eléctrica que corresponda, siempre y cuando sigan cumpliendo los requisitos.

Además, aquellos consumidores que nunca han sido beneficiarios también pueden solicitarlo en cualquier momento, si se cumplen todos los requisitos del nuevo bono social.

¿Cuáles son los requisitos?

-El solicitante debe ser una persona física, con potencia contratada menor o igual a 10kW y el suministro debe ser el destinado a tu residencia habitual.

-Ser consumidor vulnerable (estar por debajo de unos límites económicos establecidos).

-Ser familia numerosa.

-Que todos los miembros de la unidad familiar (puede ser también unipersonal) tengan como único ingreso una pensión con la cuantía mínima del Sistema de la Seguridad Social, por jubilación o incapacidad permanente.

-Ser consumidor vulnerable severo (que el nivel de renta sea igual o inferior al 50% de lo requerido para el consumidor vulnerable, en cada una de las condiciones correspondientes).

-En caso de familia numerosa, que su renta sea igual o inferior a dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem) (15.039,18 €/año).

-En los casos en los que todos los miembros de la unidad familiar (puede ser también unipersonal) tengan como único ingreso una pensión con la cuantía mínima del Sistema de la Seguridad Social, por jubilación o incapacidad permanente, cuando su renta sea igual o inferior a una vez el Iprem (7.519,59 €/año).

¿Cómo se solicita?

Los interesados en solicitar este descuento deben presentar el formulario de solicitud, fotocopia del DNI de todos los miembros de la familia, fotocopia del título de familia numerosa (en caso de serlo), fotocopia del libro de familia, un certificado de empadronamiento y/o documentación que acredite circunstancias especiales (discapacidad igual o superior al 33%, víctima de violencia de género o víctima del terrorismo).

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