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Las 7 ayudas económicas de la Junta de Andalucía para los parados

Las 7 ayudas económicas de la Junta de Andalucía para los parados

Los desempleados que no tengan derecho a otras prestaciones se pueden acoger a las siguientes ayudas

ideal.es

Miércoles, 14 de marzo 2018, 03:21

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Aquellas personas residentes en Andalucía que se encuentran en situación de paro laboral que no tengan derecho a otras prestaciones, así como miembros de colectivos específicos, pueden acogerse a otras ayudas o de la Junta de Andalucía. Concretamente, estas son las 7 ayudas a las que pueden optar los desempleados.

1. Plan PREPARA (Recualificación Profesional)

- Este programa tiene como objetivo permitir la recualificación profesional y ofrecer ayuda económica de acompañamiento.

- Pueden recibir esta ayuda personas desempleadas que agoten la prestación contributiva y que no tengan derecho o hayan agotado el subsidio por desempleo

- Se puede solicitar en cualquier oficina de Prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)

2. RAI (Renta Activa de Inserción )

- Pueden solicitarla aquellas personas que no tengan derecho a prestación contributiva ni a subsidio por desempleo.

- Tiene como objetivo favorecer la inserción laboral y proporcionar ayuda económica

- La cuantía es el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)

- Tiene una duración de once meses

Requisitos

- Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo, mantener la inscripción durante el periodo de percepción y suscribir el compromiso de actividad. También ser menor de 65 años.

- En el caso de ser desempleado de larga duración, los requisitos son: tener 45 años o más, estar inscrito como demandante de empleo durante 12 meses o mas.

- En el caso de las personas discapacitadas, los requisitos son: tener un grado de discapacidad igual o superior al 33% o ser pensionista por incapacidad.

3. PAE (Programa de Activación para el Empleo)

- Esta ayuda se puede recibir durante 6 meses no prorrogables, aunque transcurrido este tiempo la persona que la percibe puede seguir beneficiándose de las acciones de inserción.

- La cuantía será igual al 80% del indicador público de rentas de efectos múltiples mensual (IPREM) vigente.

Los requisitos

- Realizar la solicitud presentando justificantes de haber realizado una búsqueda activa de empleo

- Haber transcurrido al menos un mes desde que se haya agotado cualquier prestación, estar inscrito como demandante de empleo

- Haber permanecido inscrito durante 270 días en los dieciocho meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud

- Carecer del derecho a la protección contributiva o asistencial por desempleo o a la renta activa de inserción.

- Haber cesado involuntariamente en un trabajo por cuenta ajena

- Carecer de rentas superiores en cómputo mensual al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional.

- En el caso de haber percibido una renta, deberá haber transcurrido como mínimo un mes desde la finalización de su percepción de estas rentas antes de la solicitud de este programa.

4. Ayudas para colectivos específicos

- Estas ayudas están destinadas a personas desempleadas pertenecientes a determinados colectivos como emigrantes retornados, liberados de prisión, personas que han perdido una pensión por la mejora de una incapacidad, mayores de 55 años, extranjeros no comunitarios que quieran regresar a su país, víctimas de violencia de género y trabajadores eventuales agrarios.

5. Plan de Choque por el Empleo

- Este plan está dirigido a personas desempleadas de larga duración y a las que han agotado prestaciones, así como las que tengan cargas familiares.

6. Beca Andalucía Segunda Oportunidad

- Los destinatarios de esta ayuda son los jóvenes de entre 18 y 24 años que hayan abandonado los estudios y que estén en situación de desempleo sin recibir prestación.

- Se perciben hasta 4.000 euros

- El objetivo es que el beneficiario complete los estudios

7. Subvenciones para la reinserción laboral y a personas afectadas por ERE

- Este programa recoge una serie de medidas para facilitar la reinserción laboral a aquellas personas que se hayan visto afectadas por expedientes de regulación de empleo.

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