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Estas son las ayudas a autónomos que han sido derogadas con la aprobación de la nueva ley

Estas son las ayudas a autónomos que han sido derogadas con la aprobación de la nueva ley

Esta nueva normativa ha tenido consecuencias sobre las ayudas a autónomos, la mayoría de las cuales han sido derogadas al ser aprobada la nueva ley

a.o.

Lunes, 11 de febrero 2019, 14:39

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La nueva Ley de autónomos contempla para los trabajadores por cuenta propia nuevas coberturas que mejoran sus condiciones y, en consecuencia, la subida de la cuota de autónomos. Pero esta nueva normativa también ha tenido consecuencias sobre las ayudas a autónomos, la mayoría de las cuales han sido derogadas al ser aprobada la nueva ley.

  1. Ayudas que han sido derogadas

1. Contratos indefinidos a jóvenes en microempresas: hasta la aprobación del Real Decreto Ley, los autónomos podían beneficiarse de una reducción del 100% de la cuota de la Seguridad Social por contingencias comunes durante un año, si contrataban a menores de 30 años. Al parecer, esta ayuda sólo estaba contemplada ante una tasa de desempleo superior al 15%. Al bajar esta cifra, la ayuda queda derogada.

2. Incentivos para la contratación para proyectos de jóvenes emprendedores: si un joven emprendedor o autónomo menor de 30 años realizaba una contratación indefinida a desempleados de larga duración, tenía asegurada la reducción del 100% de las cuotas empresariales de la Seguridad Social durante un año.

3. Contratos en prácticas: con la aprobación de la nueva ley también han sido derogados los contratos en prácticas, de formación o a trabajadores procedentes de Empresas de Trabajo Temporal (ETT). No obstante, sí seguirán vigentes aquellos que se hayan realizado con anterioridad al 1 de enero.

  1. Ayudas que continúan vigentes

1. Contratos indefinidos a familiares: esta es la única ayuda que queda vigente con la aprobación de la nueva ley. Se trata de una bonificación del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes durante un periodo de un año.

Requisitos

Se trata de una ayuda para la que es necesario que se cumplan los siguientes requisitos:

- Que el familiar esté desempleado e inscrito en la oficina de empleo.

- Que el autónomo no haya extinguido ningún contrato por despido improcedente y que no se hayan producido despidos colectivos declarados no ajustados al derecho.

-Que el nivel de empleo se mantenga durante al menos seis meses.

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