Alerta de Tráfico
Aviso de la DGT a los conductores por la regla 'RSM' en la marcha atrásRecuerdan una práctica que debe realizarse siempre al volante
D. C.
Viernes, 10 de marzo 2023, 08:54
Probablemente se trate de una de las reglas de circulación más desconocidas. En este sentido, Tráfico ha lanzado un aviso de importancia que atañe ... a todos los conductores de España. Desde la Dirección General de Tráfico (DGT) han publicado un mensaje referido a la regla 'RSM' que debe cumplirse siempre al volante y que, de no hacerlo correctamente, puede conllevar una multa. De esta manera, desde Tráfico nos recuerdan una regla nemotécnica que sirve para acordarse de los pasos a cumplir cuando nos dispongamos a realizar ciertas maniobras.
En concreto, la regla 'RSM' a la que se refiere la DGT va orientada a las maniobras marcha atrás, y está destinada a aumentar la seguridad tanto de quien realiza el movimiento como del resto de conductores. Hay que destcar que la ley de Tráfico y Seguridad Vial prohíbe en su artículo 31 circular marcha atrás, pero especifica ciertas excepciones siempre y cuando «no sea posible marchar hacia adelante ni cambiar de dirección o sentido de marcha y como maniobra complementaria de otras».
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En todo caso, para la DGT el recorrido marcha atrás debe ser siempre el «mínimo indispensable», que la maniobra «deberá efectuarse lentamente» después de advertirla «con las señales preceptivas», y de asegurarse de que «no va a constituir peligro para los demás usuarios de la vía». Además, es importante resaltar que la norma especifica que también puede darse marcha atrás como maniobra complementaria para realizar una parada, un estacionamiento o una incorporación a la circulación, pero nunca «podrá ser superior a 15 metros ni invadir un cruce de vías», algo que está penalizado.
Siglas 'RSM'
Para aumentar la seguridad de los conductores, la DGT explica que durante la marcha atrás la posición del conductor y el movimiento del vehículo son antinaturales, pues ambos están concebidos para moverse hacia delante. Al iniciar la marcha atrás, debemos recordar la regla RSM:
- Retrovisor: observar cuantas veces fuera necesario.
- Señalización: no sorpresiva, sin generar incertidumbre ni sorprender a conductores y peatones.
- Maniobrar, tras hacer todo lo anterior.
Sanciones
No cumplir con la correcta utilización de la marcha atrás puede conllevar importantes sanciones. La maniobra de marcha atrás está expresamente prohibida en autovías y autopistas, sean cuales sean las circunstancias. De hecho, se considera una infracción grave, castigada con 4 puntos de penalización.
Según la propia norma, solo los vehículos prioritarios (policía, Guardia Civil, bomberos, ambulancias y Protección Civil) tienen permitido, con carácter excepcional, dar marcha atrás cuando circulen por autopista o autovía en servicio urgente, pero siempre que no comprometan la seguridad de ningún conductor.
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