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La responsabilidad de Torra

La responsabilidad de Torra

Editorial ·

Es más que cuestionable que haya legitimación para ostentar símbolos distintos a los establecidos por ley

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Jueves, 21 de marzo 2019, 01:09

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El presidente de la Generalitat, Quim Torra, respondió al último requerimiento de la Junta Electoral Central de retirar en 24 horas los lazos amarillos y esteladas de las fachadas de los edificios oficiales supeditando su decisión final a las recomendaciones del Síndic de Greuges. Ello cuando el titular de esa institución, Rafael Ribó, ya le había indicado el pasado viernes que debía atender a ese organismo durante el período electoral. La intervención del Defensor del Pueblo catalán resulta extraña en un asunto ajeno a sus competencias. Ni siquiera sus atribuciones para actuar de oficio, en este caso con la presunción de que hay ciudadanos catalanes reclamando una u otra postura a la Generalitat, justificarían que se pronuncie oficialmente sobre una cuestión que afecta a la instancia supervisora de la legalidad electoral respecto a la actuación de las instituciones autonómicas. Pero si Torra concedió autoridad moral al Síndic de Greuges para plantear al Gobierno autonómico qué actitud adoptar ante el requerimiento de la Junta Electoral Central, lo consecuente sería que se atuviera a esa opinión. El Síndic subraya que su recomendación apunta a una medida temporal, dando así cobertura a la identificación de los organismos públicos con símbolos de parte bajo la consideración de que, fuera de campaña y precampaña, lazos y esteladas son expresión de libertad aunque cuelguen de edificios públicos, como muestra del parecer de la mayoría de Gobierno que rige cada institución. Resulta más que cuestionable que cada Administración del Estado esté legitimada para hacer ostentación en sus edificios oficiales de símbolos distintos a los establecidos legalmente, o a lemas y principios que no se correspondan a una anuencia general. Que hasta este período electoral nadie hubiera reparado en el problema, como esta vez lo hizo Ciudadanos, en ningún caso puede servir de argumento para justificar el proceder de la Generalitat y de otras administraciones. Ni en la precampaña ni como gesto establecido a modo de hecho consumado el resto del tiempo. Las posiciones del Síndic de Greuges no comportan obligatoriedad en cuanto a su aplicación. Son el presidente de la Generalitat y sus consejeros quienes deberán responder al requerimiento de la Junta Electoral Central y a sus propias responsabilidades.

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