Edición

Borrar
OPINIÓN

Interferencias

«Es necesario trasladar a la sociedad que las razones esgrimidas por la mayoría de las asociaciones judiciales y fiscales para convocar un paro frente a las sedes judiciales el miércoles, 11 de junio, sin excluir una futura huelga, ni es unánime, ni es necesariamente razonable»

Gonzalo Alcoba Gutiérrez

Magistrado

Martes, 10 de junio 2025, 11:09

Es una obviedad que la Constitución no excluye a las/os miembros de la carrera judicial y fiscal de los derechos de reunión y huelga. ... Pero esto no significa que su ejercicio para frenar una reforma legislativa en ciernes sea conforme con el buen desarrollo de nuestra labor. La huelga es un instrumento de la clase trabajadora dirigido a procurar mejores condiciones laborales. Es, pues, presupuesto de su función social la relación de dependencia que existe entre quien la ejerce y el patrón contra el que se dirige. No parece, por tanto, que hacer uso de ella resulte coherente con la naturaleza de las funciones judicial y fiscal, tal y como las configuran la Constitución y el bloque de constitucionalidad.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

ideal Interferencias