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El Supremo deniega la libertad provisional a los presos del procés

El Supremo deniega la libertad provisional a los presos del procés

El tribunal tacha de "extravagantes" las acusaciones del grupo de trabajo de la ONU que exigió la excarcelación de los 'Jordis'

Viernes, 21 de junio 2019, 12:54

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Ninguno de los nueve presos del ‘procés’ esperará la sentencia sobre la intentona secesionista en casa, aunque sí lo harán en cárceles de Cataluña. El Supremo desestimó este viernes conceder la libertad provisional que fue solicitada por la mayoría de las defensas de los acusados en prisión durante la fase final del juicio. Solo Oriol Junqueras y Raül Romeva no reclamaron su excarcelación.

Los magistrados no aprecian razones sobrevenidas para levantar la medida cautelar una vez finalizado el juicio. Es más, recuerdan que su obligación en este tramo final es «salvaguardar los fines del proceso», entre ellos que los presos cumplan su pena en el caso de ser condenados. El hecho de que el Supremo rechace de plano la solicitud de excarcelación abonaría la tesis, según diversas fuentes, de que habrá una sentencia condenatoria al menos para los nueve líderes independentistas que permanecen presos. De preparar un fallo absolutorio para alguno de ellos, sostienen estas mismas fuentes, al menos ese procesado habría sido puesto en libertad de forma inmediata.

El auto hecho público este viernes, en buena parte, se centra en contestar a las alegaciones de los acusados Jordi Cuixart y Jordi Sànchez, en cuanto respaldaban su petición de libertad apoyándose en un dictamen del Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas. La Sala reconoce la influencia de los comités, grupos y relatores de Naciones Unidas «en la consolidación de una cultura universal de respeto a los derechos humanos». Incluso, admite que estos grupos han determinado recientes reformas del proceso penal español como, por ejemplo, la generalización de la doble instancia.

Sin embargo, el tribunal destaca que el dictamen no tiene valor vinculante, en contra de lo sostenido por las defensas. Los magistrados precisan que tampoco el Tribunal de Estrasburgo ha reconocido el carácter vinculante de los dictámenes de este grupo de trabajo de la ONU.

"Falta de imparcialidad"

La sala, además, hace suyos los argumentos de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado para rebajar el valor del informe de la ONU. Recuerda a su vez que el Gobierno español ha solicitado la revisión de ese dictamen por la supuesta parcialidad de sus autores. La Abogacía del Estado, insiste el fallo, incluso sospecha que el informe fue filtrado por alguno de los abogados de las defensas, íntimamente relacionado con los miembros de este grupo.

Dice la sala que los expertos de la ONU han hecho «una valoración a ciegas de elementos probatorios cuya verdadera realidad no ha podido ser apreciada por los redactores del informe». El tribunal, evidentemente dolido, afirma tajante que «no faltan en el dictamen afirmaciones extravagantes, carentes de toda lógica y de imposible encaje en nuestro sistema procesal».

La sala rechaza de plano la idea de que las acusaciones penales de esta causa tengan por objeto coaccionar a los acusados por sus opciones políticas en torno a la independencia de Cataluña. «Sólo a partir del desconocimiento de nuestra realidad política y jurídica, pueden suscribirse mensajes de esa naturaleza«, señala el auto. «Esta línea argumental prescinde del hecho de que las ideas políticas hechas valer por algunos de los acusados son las mismas que identifican a los partidos políticos que sostienen al actual gobierno de la comunidad autónoma de Cataluña», apostilla la resolución.

Pero no todo fueron este viernes malas noticias para los procesados. El presidente del tribunal, Manuel Marchena, comunicó al secretario general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Luis Ortiz, que no ve ningún «obstáculo» para trasladar a cárcel de Cataluña a los nueve reclusos, tal y como planea el Ministerio del Interior.

En su misiva, Marchena informa a prisiones que «en este momento no está prevista la práctica de actos procesales que exijan la intervención personal de los procesados».

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