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Una joven llorando ante un agente en el exterior del Instituto Can Vilumara de Hospitalet de Llobregat el 1-O. EFE
Un juzgado de Manresa no aprecia exceso policial en las cargas del 1-O

Un juzgado de Manresa no aprecia exceso policial en las cargas del 1-O

El auto considera que no hubo exceso policial en la actuación en un colegio contra los votantes que se saldó con 16 heridos leves

cristian reino

Barcelona

Lunes, 18 de marzo 2019, 20:01

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El juzgado de instrucción número 2 de Manresa (Barcelona) ha decidido archivar una denuncia presentada contra los agentes de la Guardia Civil que actuaron durante el referéndum del 1-O en uno de los colegios electorales de la localidad de Castellgalí (Barcelona). La intervención policial se saldó con 16 heridos leves en el operativo de ese centro de votación.

Según la magistrada, María Teresa Rodríguez Peralta, la intervención «no puede calificarse en modo alguno de exceso policial». «El uso proporcionado de la fuerza no puede suponer la comisión de un delito», señala para justificar el archivo de las denuncias. La querella se interpuso por lesiones y por la vulneración de derechos fundamentales. El auto de archivo de la denuncia señala que la votación del 1-O estaba «fuera del orden constitucional y de la legalidad más evidente» y que la población, alentada por la Generalitat y las entidades soberanistas, acudió a los colegios electorales a fin de, entre otras cosas, «impedir la actuación policial». Según la juez, efectivos de la Guardia Civil actuaron bajo la labor encomendada por un auto del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). «La concentración de los votantes no es inocua en términos jurídicos», afirma en el auto.

«Tenían por finalidad impedir el cumplimiento de dos resoluciones judiciales. No es un mero comportamiento pasivo, sino de obstrucción del ejercicio de la función pública, lo que determinó que los agentes se vieran obligados a actuar», remata. A su juicio, «no puede hablarse de lesión» del derecho fundamental de reunión o manifestación si estas se hacen «fuera del cauce normativo y con ello se hace necesaria la intervención de la autoridad pública», como cree que ocurrió durant el a jornada del referéndum.

Fuerza mínima

El juzgado de Manresa cree además que la actuación de la Policía española fue «compatible» con el uso de la fuerza mínima imprescindible de quien se enfrenta a las fuerzas del orden público en un momento de tensión, «no siendo necesario que haya equivalencia» entre el medio usado por el que ejerce la resistencia y el utilizado por el agente que cumple con su deber. Diferentes juzgados de Cataluña investigan las más de 250 denuncias presentadas contra agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil por las cargas del 1-O.

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