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Manifestación en Pamplona en protesta por la sentencia del caso Alsasua. Afp
La Fiscalía del Supremo renuncia a pedir terrorismo a los condenados por las agresiones de Alsasua

La Fiscalía del Supremo renuncia a pedir terrorismo a los condenados por las agresiones de Alsasua

El Ministerio Público solicita a la Sala que se mantengan las penas de hasta 13 años de prisión a los ocho jóvenes por las lesiones a los guardias civiles y sus parejas

Mateo Balín

Madrid

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Lunes, 3 de junio 2019, 19:37

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La Fiscalía del Tribunal Supremo impugnó este lunes el recurso de casación interpuesto por los ocho condenados por la agresión en un bar de Alsasua (Navarra) a dos guardias civiles y sus parejas en octubre de 2016. El Ministerio Público solicitó a la Sala que confirme las condenas de entre dos y 13 años de cárcel a las que fueron sentenciados los jóvenes acusados.

Se ratifica así que la acusación renuncia a reclamar una condena por agresión con fines terroristas para Jokin Unamuno, Adur Ramírez, Ohian Arnanz, Julen Goicoechea, Jon Ander Cob, Aratz Urriola, Iñaki Abad y Ainara Urquijo. Todos se encuentran en prisión provisional salvo la última.

En su recurso, la Fiscalía del alto tribunal considera que existen pruebas suficientes de la agresión sufrida en Alsasua por un teniente y un sargento de la Guardia Civil y sus respectivas parejas, así como del delito de desórdenes públicos. Las lesiones, señala, vienen agravadas por la discriminación por motivos ideológicos contra los guardias civiles.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional intentó hace dos años que los ocho jóvenes fueran condenados por delitos terroristas, al considerar que lo que ocurrió en la madrugada del 15 de octubre de 2016 en elbar 'Koxka' de Alsasua «no fue una pelea de bar ni una trifulca», sino «una agresión planificada y organizada con una finalidad terrorista»: la de «expulsar» a los miembros del Instituto Armado «de un territorio que los acusados consideran suyo». Por ello, pedía condenas que oscilaban entre los 12 y 64 años de cárcel. Una tesis que también avaló la juez instructora, Carmen Lamela, hoy magistrada del Supremo.

Sin embargo, tanto la Sección Primera de la Sala Penal de la Audiencia Nacional, la que les condenó en primera instancia, como la Sala de Apelación, la que confirmó la sentencia, fallaron que no había quedado «plenamente acreditada la finalidad terrorista de la acción y tampoco la vinculación o pertenencia a ETA» de los acusados por su cercanía o incluso pertenencia al movimiento 'Alde Hemendik' (fuera de aquí, en euskera), que surgió en los años setenta.

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