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Artur Mas.
Mas, Ortega y Rigau serán juzgados por desobediencia grave y prevaricación por el 9-N

Mas, Ortega y Rigau serán juzgados por desobediencia grave y prevaricación por el 9-N

El juez descarta el delito de malversación de fondos, como pedía la acusación popular, y por tanto no hay petición de penas de prisión

cristian reino

Jueves, 13 de octubre 2016, 12:58

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El magistrado instructor del caso del 9-N ha dictado esta mañana el auto de apertura del juicio oral, que supone el procesamiento de Artur Mas, Irene Rigau y Joana Ortega. Los tres exmiembros del Gobierno catalán serán juzgados y se sentarán en el banquillo de los acusados por los delitos de desobediencia grave y prevaricación. No así por el de malversación de fondos públicos, como había pedido la acusación popular, por lo que Mas y sus excolaboradoras se enfrentan a penas de inhabilitación (10 años para Mas y nueve para las exconsejeras) por su participación durante la consulta del 9-N, pero está descartada la petición de penas de prisión.

Según el auto del juez José Francisco Valls Gombau, Mas "articuló una estrategia de desafío completo y efectivo a la suspensión acordada por el Tribunal Constitucional, que conoció el mismo día en que se dictó, el 4 de noviembre de 2014". De este modo, el juez instructor entiende que el presidente de la Generalitat, "amparado simplemente en su voluntad, que convirtió irrazonablemente en aparente fuente de normatividad, actuando con plena conciencia y voluntad, se abstuvo de suspender oficialmente la convocatoria que él mismo había efectuado, incumpliendo la obligación que tenía a raíz del mandato del Tribunal Constitucional".

El magistrado considera que los acusados eran "plenamente conscientes" de que "quebrantaban el obligado acatamiento a las decisiones del Tribunal Constitucional". En su pretensión de seguir adelante con la celebración de la consulta, disfrazada como proceso participativo, el juez instructor apunta que los acusados decidieron "generar la apariencia de que las actuaciones administrativas públicas se paralizaban y el proceso quedaba exclusivamente en manos de ciudadanos voluntarios, cuando en realidad no era así". "La utilización de instrumentos y procedimientos públicos, lejos de ser interrumpida, continuó, si bien se mantuvo convenientemente en segundo plano, de forma que de cara al exterior la apariencia fuera la de un proceso exclusivamente gestionado por ciudadanos voluntarios", relata el auto judicial dado a conocer esta mañana.

Además, el juez señala que los acusados "actuaron en todo momento" dispuestos a "eludir el control jurisdiccional". Para el juez, resulta a estos efectos "muy ilustrativa" la existencia de comunicaciones vía correo electrónico entre la administración y los contratistas privados. En consecuencia, el juez mantiene que Mas "desatendió el mandato del Tribunal e incumplió la obligación, que como convocante le atañía, de dejar sin efecto el acto de convocatoria".

Ahora serán las defensas las que presentarán sus escritos y posteriormente la sala civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña fijará la fecha del juicio.

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