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Derribo de un chalé por sentencia judicial en una imagen de archivo. IDEAL
Tres acusados por obras ilegales derriban sus construcciones antes de llegar a juicio

Tres acusados por obras ilegales derriban sus construcciones antes de llegar a juicio

Son ya más las demoliciones 'voluntarias' que las que se producen por ejecuciones de sentencias firmes

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Viernes, 14 de septiembre 2018, 01:30

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Tres personas han derribado obras que realizaron al margen de la legalidad antes que continuar con el infierno de un procedimiento penal contra ellos que se podía prolongar durante años si luchaban para intentar salvar sus construcciones. Demoliciones hasta cierto punto 'voluntarias', ya que se producen antes del pronunciamiento de la Justicia sobre si eran o no obras ilegales y si debían ser derribadas. Había procedimientos judiciales abiertos, pero no sentencias. Curiosamente, en el último año con datos computados completos estas demoliciones 'voluntarias' fueron más que las ejecutadas en cumplimiento de sentencias judiciales firmes, ya que por esta vía se restauró la legalidad conculcada en dos casos.

«En la actualidad, podría considerarse que se está asistiendo a un cambio en la conciencia y percepción social», dice la Fiscalía sobre esta circunstancia. En los tres casos se repuso el terreno a su estado originario «lo que supone un reconocimiento por parte del autor, antes de su enjuiciamiento, de la comisión del hecho delictivo, de las consecuencias dañosas producidas en el bien jurídico protegido y la voluntad de proceder a su reparación», explica en un informe la sección de la Fiscalía especializada en temas de Medio Ambiente.

Charcas y construcciones

Uno de los tres casos se refiere a un procedimiento donde se investigaba la construcción en suelo no urbanizable de seis charcas para almacenamiento de alpechín con unas dimensiones, cada una de ellas, de 50 metros de largo por 6 de ancho. Antes del juicio en el Penal 3 de Jaén se acreditó que se habían hecho obras para la eliminación de las charcas y la restitución del suelo a su estado originario. Los otros dos casos se refieren a construcciones sobre suelo no urbanizable y no autorizables derribadas antes que su promotor entrase en la sala de vistas.

En la última década los tribunales de Justicia de Jaén han dictado alrededor de un centenar de sentencias firmes que incluyen la medida de demolición. No llegan a la docena las ejecutadas finalmente, aunque hay varias decenas de ejecutorias vivas, muchas de ellas con embargos de bienes de los condenados para financiar las obras necesarias. El año pasado hubo dos derribos por esta vía.

Una llevaba coleando desde 2010, cuando un juzgado de lo Penal dictó sentencia por la construcción de una edificación, un depósito de hormigón y una piscina en suelo no urbanizable. El promotor hizo además caso omiso a la orden de paralización dictada por el Ayuntamiento. En la sentencia se absolvía al acusado por el delito contra la ordenación del territorio y se le condenaba por la falta de desobediencia.

Recurso y condena

El Fiscal recurrió, y la Audiencia en fecha 8 de julio de 2010 revocó el fallo del Penal y aseguraba «que el acusado hizo caso omiso a la orden de paralización continuando con la construcción hasta la práctica finalización en el mes de diciembre de 2006 de una edificación tipo vivienda unifamiliar aislada, que no era susceptible de legalización al no ser compatible con el suelo sobre el que se asentaba conforme a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía y al Planeamiento vigente en la localidad». Se condenaba al acusado como autor responsable de un delito contra la ordenación del territorio a la penas de prisión y demolición.

La ejecución de la sentencia dio lugar en el año 2010 a una ejecutoria en la que el Fiscal se opuso a que se le concedieran al penado, por no cumplir los requisitos establecidos en el Código Penal para ello, los beneficios de suspensión de la pena privativa de libertad hasta que no hubiera derribado las construcciones. La Audiencia Provincial de Jaén confirmó en 2015 la no suspensión de ejecución de la demolición de la edificación.

La demolición fue ejecutada subsidiariamente por el Ayuntamiento en cuyo término municipal se construyó la edificación, que pasará la factura al condenado.

En Parque Natural

La otra demolición ejecutada se acordó en 15 de julio de 2015 por el Juzgado de lo Penal número 4, en una causa que se abrió en 2011. Una obra no urbanizable dentro de un Parque Natural. La ejecución de la sentencia se abrió en 2015. En el trámite de ejecución de sentencia y según los informes emitidos por el arquitecto municipal e informes y reportajes fotográficos realizados por el equipo del Seprona de la Guardia Civil, se constató que por parte de la condenada se había procedido a la demolición de las obras de construcción y edificación ejecutadas en los términos acordados en el fallo de la sentencia firme.

Una vez realizada la demolición y solicitada la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad la Fiscal se informó favorablemente .

En los últimos meses Fiscalía ha reactivado decenas de derribos pendientes. El nuevo PGOU planteaba en muchas zonas la declaración de suelo «asimilado a fuera de ordenación», un reconocimiento oficial que permitía legalizar muchas construcciones. Pero prácticamente ninguno de los condenados había ido al juzgado a aclarar su situación.

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