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Celebración del sorteo en la capital jienense para determinarse el destino. ORTEGA
Más de medio millar de jienenses solicitan el certificado de exceso de 'mili' para jubilarse antes

Más de medio millar de jienenses solicitan el certificado de exceso de 'mili' para jubilarse antes

La Seguridad Social computa un máximo de 12 meses solo a efectos de llegar al mínimo de años cotizados en la anticipada y la parcial, pero lo elimina para el resto de cálculos

R. G. LASTRA y Miguel Ángel Contreras

Jaén

Martes, 17 de abril 2018, 00:21

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La inestabilidad en el mercado de trabajo por los cierres de empresas, despidos y ERE que trajeron la crisis económica y, sobre todo, el endurecimiento progresivo aplicado por el Gobierno de España desde el año 2013 a las condiciones fijadas para acceder a la jubilación han llevado a cientos de jienenses a revolver cajas y cajones para desenterrar su vieja cartilla militar y tratar de adelantar el cierre de su vida laboral.

En la actualidad, la Seguridad Social no reconoce, con carácter general, los meses de Servicio Militar Obligatorio como cotizados y tampoco el Ejecutivo de Mariano Rajoy parece dispuesto a dar un paso inminente. Año tras año, desde hace ya siete, los proyectos de Presupuestos del Estado incorporan una disposición que aplaza la aplicación de la disposición adicional Vigésimo Octava de la ley que reformó el sistema de pensiones en el 2011, que rezaba: «El Gobierno presentará, en el plazo de un año, un proyecto de ley que establezca un sistema de compensación a la Seguridad Social para que por ésta pueda reconocerse un periodo de asimilación del tiempo de Servicio Militar Obligatorio o de Prestación Social Sustitutoria que compense la interrupción de las carreras de cotización ocasionada por tales circunstancias».

Sin embargo, el real decreto legislativo 8/2015, sí contempla en tres de sus artículos algunos supuestos específicos en los que admite que pueda ser computado dicho periodo, con un máximo de 12 meses, independientemente del tiempo real de servicio, y sólo a efectos de que el trabajador pueda alcanzar el mínimo exigido de años cotizados para poder acceder a una jubilación anticipada –33 años en la involuntaria (artículo 207) y 35 en la voluntaria (artículo 208) o a la parcial –entre 25 y 33 años cotizados (artículo 215)–. También hay una casuística especial en el caso del funcionariado.

Esta vía ha provocado que se hayan acumulado las solicitudes de certificados de la 'mili' en los últimos tres años. La Subdelegación de Defensa de Jaén ha expedido solo en los últimos tres años 638 documentos de este tipo, una demanda que, además, se mantiene: 149 en 2015, 282 en 2016 y 136 en 2017. Desde 2013 son 842. A ello hay que sumar otros 504 certificados solicitados para incluir el servicio militar como experiencia laboral de cara a una jubilación por edad (Cómputo Recíproco), ya que en este caso contará el tiempo de trabajo que excedió el periodo obligatorio.

Los motivos

«El boca a boca ha provocado que la cifra de peticiones del certificado no haya dejado de subir», explican desde la Subdelegación. «Sólo en lo que va de 2018 se han solicitado ya 86 certificados de ambos tipos», explica el teniente coronel César Rodero González, de la Subdelegación de Defensa en Jaén. El perfil de los solicitantes es el de hombre que ronda o supera los 55 años. Para la solicitud, en cualquier Delegación o Subdelegación de Defensa hay que presentar fotocopia del DNI y –a ser posible– la cartilla militar. Sin este último documento el procedimiento tarda unos días más porque hay que solicitar documentos a los archivos históricos del Ministerio de Defensa.

En la Seguridad Social, sin un dato estadístico concreto, también se ha notado el incremento. En los últimos años ha crecido la cifra de personas que llegan con el certificado de la 'mili' para que se les contabilice ese periodo. Los solicitantes la están incluyendo porque en la jubilación parcial se tiene en cuenta y porque ahora ha aumentado el paro y los años de cotización que se solicitan para obtener la jubilación anticipada. «Es lógico que a algunos les cueste más llegar al mínimo exigido por el endurecimiento de las jubilaciones en España», explican fuentes de la Seguridad Social. De lo que apenas existen casos en sus oficinas es de solicitudes que hagan referencia a la Prestación Social Sustitutoria –aún es joven la población que puede pedirla– y el Servicio Social Femenino, aunque existen dos sentencias que equiparan este trabajo con la 'mili'.

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