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La Audiencia de Jaén confirma la absolución de los dos empleados de la UJA juzgados por matar murciélagos

La Audiencia de Jaén confirma la absolución de los dos empleados de la UJA juzgados por matar murciélagos

Según recoge la sentencia, la absolución se produce «al no quedar acreditada ni la participación de los acusados en los hechos objeto de denuncia ni que los hechos sean constitutivos de delito»

EUROPA PRESS

JAÉN

Domingo, 17 de marzo 2019, 13:22

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La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén ha confirmado íntegramente la sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Jaén en la que se absolvía a los dos trabajadores de mantenimiento de la Universidad de Jaén (UJA) que se sentaron en el banquillo acusados de acabar con la vida de 45 murciélagos de herradura que habían anidado en el cajetín de una persiana situada en uno de los despachos de los edificios del Campus de Las Lagunillas.

La sentencia, de octubre de 2018, había sido recurrida por el Ministerio Fiscal y es ahora la Audiencia de Jaén la que la confirma en todos sus extremos al considerar que «no hay error en la valoración de la prueba«. Según recoge la sentencia, la absolución se produce »al no quedar acreditada ni la participación de los acusados en los hechos objeto de denuncia ni que los hechos sean constitutivos de delito«, y así lo estima la Audiencia.

Los dos acusados declararon en el juicio que fueron a limpiar el cajón de una persiana que no funcionaba y del que supuestamente salían ruidos, pero que nadie les dijo que allí había murciélagos, ni vieron lo que caía, ni nadie les advirtió que estaban cayendo murciélagos, además de desconocer que se tratara de una especie protegida.

La sentencia de lo Penal consideraba que los acusados no llevaron a cabo su trabajo con la intención de dar muerte a los animales que estaban anidados. «Los acusados no tenían la intención de destruir la especie que estaba anidada en el interior del tambor de la persiana, sino la de proceder únicamente a su limpieza, desconociendo igualmente que en el interior hubiera una especie protegida«.

En este sentido, la sentencia de lo Penal recoge que «lo que no ha resultado probado es que los acusados tuvieran pleno conocimiento que se trataba de murciélagos de herradura catalogados dentro del listado de especies protegidas». Por todo ello, y por entender que no ha resultado desvirtuado el principio de presunción de inocencia, la magistrada de los penal optó en su día por dictar una sentencia absolutoria, que ahora a sido confirmada en una instancia superior.

Estos dos trabajadores se enfrentaban a año y medio de prisión, así como al pago de una indemnización de 135.000 euros por acabar con 45 murciélagos de herradura que habían anidado en el cajetín de una persiana situada en uno de los despachos de los edificios del campus. Era la petición que realizó la Fiscalía en su escrito de calificación provisional y en el que se les imputaba a los dos acusados un delito contra la fauna.

Los hechos juzgados y sentenciados se remontan al 5 de junio de 2017, cuando los dos empleados recibieron un parte de trabajo para limpiar el cajetín de la persiana de un despacho de la tercera planta del edificio D2 de la UJA. Según la Fiscalía, «los dos acusados, sin tomar ningún tipo de precaución, y con el objetivo claro de terminar con la vida de los animales que estuvieron refugiados o anidando en dicho cajetín, sin precaución alguna, ni asesoramiento sobre los animales existentes en dicho lugar, empezaron a forzar la persiana y a realizar ruidos excesivos con golpes en las maderas«.

Lo hicieron a plena luz del día, lo que llevó a que los murciélagos «salieran de su nido totalmente aturdidos por los golpes, llegando a caer desde una altura de más de siete metros». El Ministerio Público, calificó lo ocurrido como un «acto agresivo« que llevó a la muerte a 15 ejemplares adultos y 30 crías. El murciélago de herradura es una especie vulnerable catalogada dentro del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas. El valor de cada ejemplar está tasado en 3.000 euros, de ahí que la entonces Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio reclamara a los dos acusados una indemnización conjunta y solidaria de 135.000 euros para destinarlos a la reintegración de dicha especie.

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