Edición

Borrar
Juzgados de Linares, donde se emitió la sentencia que ya es firme, en una imagen de archivo
Condenan a un banco a devolver 2,3 millones por engañar a un matrimonio con preferentes

Condenan a un banco a devolver 2,3 millones por engañar a un matrimonio con preferentes

Una juez de Linares declara nulo el contrato e impone al banco intereses y costas en una de las sentencias de más volumen dictadas en España

Juan Esteban Poveda

Martes, 16 de junio 2015, 00:53

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

Una juez ha condenado a Bankia a devolver 2,35 millones a un matrimonio que adquirió preferentes y obligaciones subordinadas de Caja Madrid porque solo conoció los riesgos que entrañaban estos productos «tras ver por televisión los problemas ocurridos» para que los clientes recuperasen el dinero. La sentencia dictada por una juez de primera instancia de Linares, es firme porque ninguna de las partes recurrió, y considera que Caja Madrid no cumplió con sus obligaciones legales de información y no advirtió de que fueran productos de riesgo y complejos y que incluso podían perder su inversión. Además de la inversión, el banco debe pagar intereses y hacer frente a las costas procesales.

Es una de las sentencias de mayor importe a devolver -si no la que más- dictadas en España por preferentes, pues se refiere además a un solo inversor. Hay varias sentencias previas que superan los dos millones de euros pero en demandas colectivas de varios inversores afectados.

Sin conocimientos

Según la resolución, el matrimonio adquirió estos productos por la relación de confianza que mantenían con el director de la sucursal, que sabía que los demandantes no tenían estudios superiores ni conocimientos en inversiones bancarias.

De hecho, fue la propia entidad la que, cuando preguntaron cómo podían rentabilizar ese dinero de la venta de unos terrenos derivados de una herencia, les aconsejó rentabilizarlo invirtiendo en este tipo de productos.

Unos 5.000 jienenses contrataron preferentes

  • Alrededor de 5.000 jienenses sufrieron el bloqueo de sus ahorros por haber suscrito inversiones en participaciones preferentes, según una estimación ofrecida en 2013 por la asociación de usuarios de banca Ausbanc.

  • Bankia fue una de las entidades que más preferentes suscribió. Se calcula que había recibido hasta este año más de 20.000 demandas, en las que se le reclamaban más de 1.500 millones de euros. La inmensa mayoría estaban siendo falladas por los tribunales a favor de los clientes.

  • «Muchos pensaban que aquello era una simple imposición y no se han dado cuenta de lo que realmente habían suscrito hasta ahora, a raíz de que el tema está saliendo en los medios de comunicación», indicaban los expertos de Ausbanc cuando estalló el escándalo.

  • El perfil de los afectados se corresponde básicamente con el de personas mayores -el 80 por ciento tienen más de 65 años-, que son ahorradores más que inversores y que no tienen grandes conocimientos respecto a estos productos que entrañan cierta complejidad.

Pero si, tal y como alegó Bankia, la entidad solo hubiese actuado como mera intermediadora y no como asesora, ello no la eximía de la «obligación» de cumplir con su deber de información.

El hecho de que los denunciantes, precisa, hubieran realizado un contrato de depósito o administración de valores y adquirido bonos estructurados con dicha entidad previamente, «no es suficiente para alegar que eran habituales en la realización de inversiones».

Engaño

De esta forma, la magistrada sostiene que la pareja «contrató el producto en la creencia de que era una renta fija sin riesgo y con total disponibilidad de su capital».

En este sentido, subraya que «es lógico que sólo tuvieran conocimiento de lo que significaba realmente los productos contratados, al tiempo de que no pudieron utilizar su dinero tras ver por televisión los problemas ocurridos con dichos productos».

Consta en la sentencia que el director dijo en la vista no recordar si la información sobre la complejidad del producto que contrataban se leyó a los demandantes en el momento de la firma y que en ningún caso se les indicó que fuera un producto de riesgo y que incluso podrían perder su dinero cuando se formalizó la operación en 2010 para rentabilizar unos depósitos previos que se habían hecho en 2006.

En la sentencia se relata que la información suministrada a los clientes no era suficiente de acuerdo con la legislación vigente, y que el propio director de la sucursal valoró que la idoneidad de la inversión para estos clientes era «baja o moderada» dado que no tenían estudios superiores ni conocimientos en inversiones bancarias. De hecho no se les hizo un test de conveniencia sino un test de idoneidad en junio de 2009.

Por todo ello, la juez aprecia el vicio en el consentimiento alegado por los afectados y anula los dos contratos de suscripción, condenando además a Bankia a pagar las costas del proceso.

Peligro

El abogado Fernando M. Sánchez Pérez, del bufete marbellí Kriado&Kraus y que ha representado al matrimonio, cree que la sentencia demuestra que «Bankia ha puesto en serio peligro no solo a las familias con pocos recursos, sino también a las familias con ahorros de varias generaciones».

El letrado señala que «estamos hablando de todos los ahorros de una familia, la cual, generación tras generación ha ido depositando su patrimonio y ahorrando, siendo fieles a la entidad desde hace bastantes años atrás».

Cada día se hace más importante un asesoramiento preventivo en materia de productos financieros y bancarios, independientemente del trato 'señorial' que nos brinde la entidad», concluye el letrado que ha representando los intereses de la familia.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios