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Carga y descarga en la capital granadina. J.E.GÓMEZ
¿Puedes aparcar en Granada en carga y descarga? ¿Qué normas y multas existen?

¿Puedes aparcar en Granada en carga y descarga? ¿Qué normas y multas existen?

Muchos profesionales aprovechan su autorización para estacionar el vehículo, aunque no tengan que realizar ninguna carga o descarga

a.o.

Miércoles, 7 de noviembre 2018, 09:41

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Las Ordenanzas Reguladoras de Carga y Descarga tienen como objetivo facilitar a los transportistas la carga y descarga en establecimientos y comercios ubicados en zonas de difícil estacionamiento. Pueden parar en estos espacios reservados, por tanto, aquellas personas que cuenten con tarjeta de transporte o con autorización.

Sin embargo, muchos profesionales se aprovechan de esta circunstancia y estacionan el vehículo, aunque no tengan que realizar ninguna carga o descarga. Se trata de una práctica sancionable, tal y como recoge la Ordenanza Reguladora del Ayuntamiento de Granada, que establece que las tareas de carga y descarga deberán realizarse en un tiempo limitado.

Normativa a tener en cuenta en zonas de carga y descarga

1. Pueden detenerse para realizar labores de carga y descarga vehículos dedicados al transporte de mercancías o aquéllos que estén debidamente autorizados para ello, dentro de las zonas reservadas a tal efecto, y durante el horario establecido y reflejado y las señalizaciones correspondientes.

2. Quedan excluidos los vehículos de transporte de doce y media o más toneladas, que estarán sometidos a autorización, especial y expresa.

3. Se habilitará una tarjeta para vehículos autorizados al transporte y que por sus características (menos de 2.000 kgs.) no tienen posibilidad de obtener la tarjeta correspondiente. Los vehículos, habrán de tener características comerciales y/o de transporte mixto, cuya actividad en todo o en parte se desarrolle en el municipio de Granada.

4. Las operaciones de carga y descarga tendrán que realizarse con las debidas precauciones para evitar ruidos innecesarios, y con la obligación de dejar limpia la vía pública.

5. No podrán permanecer estacionados, en las zonas habilitadas para carga y descarga, vehículos que no estén realizando dicha actividad.

6. Para facilitar el control del tiempo máximo facilitado para la realización de cada operación de carga y descarga, será obligatoria la exhibición de la fecha y hora de inicio de la operación, mediante reloj que se colocará en la parte interior del parabrisas de tal forma que quede totalmente visible al exterior.

Infracciones sancionables en zonas de carga y descarga

1. Realizar operaciones de carga y descarga con vehículos de más de 12 toneladas y media sin autorización especial, expresa o fuera de los lugares autorizados para ello.

2. Realizar operaciones de carga y descarga con vehículos que por sus dimensiones no estén autorizados en zona.

3. Utilizar autorización expedida a otra persona.

4. Consentir la utilización de autorización por otra persona.

5. Falsificación de autorización o tarjeta expedida por este Ayuntamiento.

6. Realizar operaciones de carga y descarga fuera del horario permitido.

7. Realizar operaciones de carga y descarga fuera del lugar habilitado para ello.

8. Realizar operaciones de carga y descarga dificultando la circulación de vehículos y/o peatones.

9. Exceso en el límite, del tiempo autorizado para realizar operaciones de carga y descarga.

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