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la audiencia nacional le impone 5 años de alejamiento

42 años de prisión para un etarra por colaborar en el asesinato de Iruretagoiena

El procesado, Gregorio Escudero, realizó seguimientos de la víctima y facilitó los datos a dos pistoleros de la organización terrorista

EFE | MADRID

Jueves, 8 de junio 2006, 02:00

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La Audiencia Nacional ha condenado a 42 años de prisión al etarra Gregorio Escudero como cooperador necesario en el asesinato del edil del PP en Zarauz (Guipúzcoa) José Ignacio Iruretagoiena, en 1998, y le prohíbe volver a dicha localidad durante un plazo de 5 años desde el momento en que quede libre. En su sentencia, la sección segunda de la Sala de lo Penal condena también a Escudero al pago de una multa de 180 euros, que de no pagarla supondría permanecer 15 días más en prisión, y a indemnizar con 120.00 euros a los herederos del concejal, con 1.652 por los daños en un vehículo y con 985 al Ayuntamiento de Zarauz por los daños en un inmueble propiedad del consistorio.

Según el relato de hechos probados, Escudero vigiló durante varias semanas al edil, acudiendo al pleno del Ayuntamiento de Zarauz, siguiéndole hasta su domicilio y, una vez conocido éste, realizando varios seguimientos desde allí hasta su lugar de trabajo. Una vez obtenidos estos datos, el acusado se los facilitó a otros dos miembros de la banda terrorista, con el fin de que "atentaran contra la vida de dicho concejal". Para ello, el 8 de enero de 1998, Escudero llevó a estos dos terroristas desde la localidad de Andoain hasta el apeadero de Añorga, desde donde fueron en tren a Zarauz.

Gracias a la información facilitada por Escudero, los otros dos etarras localizaron el vehículo del edil y colocaron un artefacto explosivo compuesto por entre 1,5 y 2 kilos de amosal bajo el asiento del conductor. Después volvieron a coger el tren hasta Añorga, donde Escudero les recogió y les condujo hasta Andoain. Sobre las 7.40 horas del 9 de enero de 1998, Iruretagoiena montó en su vehículo e inició la marcha hacia su lugar de trabajo y, cuando se encontraba a la altura de la calle de Urdaneta, explotó el artefacto que habían colocado los etarras, "causando la muerte del concejal" y heridas a una mujer que pasaba por el lugar.

Para condenar al acusado, el tribunal se basa en las declaraciones que el mismo prestó a raíz de su detención tanto ante la Guardia Civil como ante el juez y que se ven corroboradas, según la sentencia, por una carta de "autocrítica" referido a este atentado que la Policía atribuye a Escudero y que le fue intervenida al ex dirigente etarra Juan Ibon Fernández de Iradi, "Susper". "Lo que se relata en la misma es lo que respondió a las preguntas de las Fuerzas de Orden Público; en concreto, se alude "'a las labores de vigilancia e información que hicimos para preparar una acción contra el concejal del PP en Zarauz'", destaca el tribunal.

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