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El Gobierno y Gas Natural recurren el auto de suspensión de la OPA sobre Endesa
El Gobierno y Gas Natural recurren el auto de suspensión de la OPA sobre Endesa
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El Gobierno y Gas Natural recurren el auto de suspensión de la OPA sobre Endesa

La resolución del Supremo que paraliza la tramitación de la oferta de la gasista por la eléctrica cuenta con 18 votos a favor y 14 en contra

EFE | MADRID

Jueves, 18 de mayo 2006, 02:00

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El Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, ha recurrido en súplica el auto de medidas cautelares del pasado día 10 por el que el Tribunal Supremo paralizó la tramitación de la OPA de Gas Natural sobre Endesa autorizada por el Consejo de Ministros. La resolución del Alto Tribunal, ahora recurrida, contaba con 18 votos a favor de la paralización y 14 en contra y adjuntaba cuatro votos particulares de estos últimos magistrados. Por su parte, Gas Natural ha presentado asimismo esta tarde un recurso de súplica contra el auto de suspensión de la OPA.

Fuentes jurídicas han indicado que habida cuenta de que la decisión del Supremo fue adoptada por el Pleno de la Sala de lo contencioso-administrativo, previsiblemente el recurso presentado hoy por el abogado del Estado también será resuelto por la totalidad de magistrados que forman parte de la sala tercera. Al recurso del Gobierno contra el auto de medidas cautelares podría sumarse también otro por parte de Gas Natural.

Según este recurso, la decisión del Gobierno de autorizar la OPA no perjudica a la competencia, porque los efectos restrictivos de la operación quedan compensados por las veinte condiciones que fijó el Consejo de Ministros. El abogado del Estado asegura que los eventuales efectos en la competencia no serían irreversibles, a diferencia de lo que afirma el auto, y recuerda que no es la primera vez que un Gobierno toma una decisión en contra del criterio del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC). El recurso subraya, además, que el auto de la Sala Tercera "infringe la consolidada jurisprudencia cautelar sobre operaciones de concentración similares".

El Gobierno considera que sus requisitos son exigentes

El abogado del Estado entiende que no existe un "perjuicio real" derivado de la autorización de la OPA y subraya que los eventuales efectos restrictivos en la competencia "pueden ser compensados" mediante la aplicación de las condiciones fijadas por el Consejo de Ministros. El recurso niega que esas condiciones sean menos exigentes que las planteadas en los votos particulares del TDC y subraya que esa afirmación, contenida en el auto de la Sala Tercera, "no se completa con razonamiento alguno". El abogado del Estado recuerda que éste no es el primer caso en que el Gobierno se aparta del dictamen del TDC. Según el recurso, el Ejecutivo se ha apartado de la opinión del TDC en un 60 por ciento de las operaciones en las que recibió un informe desfavorable.

En concreto, se cita la compra del 82,21 por ciento de Cruzcampo por Heineken, la adquisición del cien por cien de European Vinyls Corporation Ibérica por Solvay Ibérica, la fusión entre la Compañía de Distribución Logista y Marco Ibérica Distribución de Ediciones, y la compra por Mahou del 69 por ciento de San Miguel. En estas cuatro ocasiones, el TDC recomendó no autorizar las operaciones, pero el Consejo de Ministros optó por autorizarlas con condiciones. El recurso del Gobierno asegura que los pretendidos efectos negativos invocados en el auto "no serán inmediatos", ya que la OPA está suspendida cautelarmente por orden del juzgado de lo mercantil número 3 de Madrid, y "no serían irreversibles", porque "es perfectamente posible volver al marco de competencia anterior".

Según el recurso, el auto del Supremo no ha tenido en cuenta que "los únicos intereses dignos de tutela cautelar en las operaciones de concentración son los que corresponden a los accionistas, propietarios de Endesa y al interés público en el mantenimiento de la competencia". El abogado del Estado subraya que la tutela cautelar "no protege expectativas o hipótesis de perjuicios" y tampoco a los administradores de Endesa, "que tienen la obligación legal de abstenerse de interferir en la OPA". El Tribunal Supremo verá mañana los recursos planteados y abrirá un plazo de cinco días para que cada parte presente sus alegaciones. Los recursos serán resueltos por la propia Sala Tercera (probablemente por el Pleno), por lo que no se espera que cambie su decisión inicial.

Recurso de Gas Natural

Gas Natural ha presentado por su parte un recurso de súplica contra el auto de suspensión de la OPA, en el que subraya que no procedía adoptar medidas cautelares porque la autorización del Gobierno no implicaba un riesgo inminente, puesto que la OPA estaba ya paralizada por decisión del juzgado de lo mercantil número 3 de Madrid. Gas Natural ha solicitado al Supremo que, en tanto resuelve el recurso de súplica, deje sin efecto su decisión de suspender el acuerdo del Consejo de Ministros.

Desde la gasista se sostiene además que el curso de la oferta también estaba paralizado por exigencia de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) hasta que la contraopa del grupo alemán E.ON supere los trámites administrativos. El recurso niega también que el acuerdo del Consejo de Ministros tenga apariencia de mal derecho, aunque su decisión fuera en contra del dictamen del Tribunal de Defensa de la Competencia, porque como han recordado fuentes de la gasista, al igual que el propio abogado del Estado, ésta no es la primera vez que el Gobierno no sigue el dictamen del TDC en operaciones de concentración, y en Consejo de Ministros el Ejecutivo de Zapatero expuso sus razones para hacerlo. En consecuencia, el recurso asegura que el auto de la Sala Tercera es inconsistente y falto de motivación.

La compañía gasista tampoco está de acuerdo con la decisión del Supremo de no exigir un segundo aval de mil millones de euros a Endesa para hacer efectiva la suspensión cautelar. El recurso señala que debería haberse exigido un aval distinto al aportado en el juzgado de lo mercantil número tres de Madrid, ya que los demandantes y los demandados son distintos en los dos casos. La OPA también está paralizada de forma cautelar por orden del juzgado de lo mercantil número 3 de Madrid, que investiga un presunto pacto colusorio (concertación previa) entre Gas Natural e Iberdrola. Las dos empresas han recurrido esta decisión, al igual que Endesa, que reclama una rebaja del aval de mil millones exigido por el juzgado.

El pasado 21 de abril, la Sala Tercera del Supremo anunció su decisión de suspender cautelarmente el acuerdo del Consejo de Ministros que autorizó la OPA sobre la eléctrica, aunque no se hizo público hasta el 10 de mayo. Según el auto, que estableció una fianza de mil millones de euros, la Sala Tercera optó por la suspensión al considerar que la continuidad de la OPA podría causar daños "substanciales e irreversibles" en la competencia. El Tribunal Supremo debe pronunciarse aún sobre el fondo del recurso planteado por Endesa.

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