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Un padre, con su hijo, contempla el mar en la Costa. Infoempleo
Los jueces de Familia de Granada suprimen las visitas intersemanales sin pernocta de padres divorciados

Los jueces de Familia de Granada suprimen las visitas intersemanales sin pernocta

de padres divorciados

Lo hacen para reducir la exposición al virus y reclaman «una especial responsabilidad y sensibilidad en la protección de los menores»

Yenalia Huertas

Granada

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Viernes, 27 de marzo 2020, 01:34

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El coronavirus y el estado de alarma han alterado el día a día de la ciudadanía, que está obligada a quedarse en casa salvo en determinados supuestos, entre ellos ir a comprar productos de primera necesidad o acudir a trabajar. Pero, ¿y qué ocurre con los padres divorciados que tienen custodia compartida o un régimen de visitas fijados judicialmente?

En Granada, los tres juzgados de Familia y las dos magistradas de Violencia sobre la Mujer de Granada se han reunido para aunar criterios y han dejado claro que esta situación excepcional que ha generado el COVID-19 no exime del cumplimiento de las medidas adoptadas en las resoluciones judiciales.

No obstante, a fin de limitar la exposición de los niños a un eventual contagio por las idas y venidas, han acordado dejar en suspenso, en principio entre el 15 y el 28 de marzo (pero con prórroga automática mientras continúe la situación actual), las visitas intersemanales sin pernocta. Además, reclaman «una especial responsabilidad y sensibilidad en la protección de los menores» en estos tiempos difíciles para todos.

La reunión de estos jueces que se ocupan de los asuntos de Familia se produjo el día 23 y se levantó un acta a la que ha tenido acceso IDEAL. Se trató exactamente de una Junta Sectorial de Jueces y estuvo presidida por el juez decano del Partido Judicial de Granada, Jesús Rodríguez Alcázar. Acudieron, además de los titulares de los juzgados de Primera Instancia 3, 10 y 16, las magistradas de los juzgados de Violencia sobre la Mujer 1 y 2 de la capital.

En el documento, se establecen los criterios a seguir por estos órganos y distintas recomendaciones «a la vista de la situación excepcional existente en este momento, y ante las consultas y dudas surgidas en relación con la ejecución del régimen de custodia y visitas en los correspondientes procedimientos».

Tales recomendaciones se indican para aquellos casos de falta de acuerdo entre las partes; en ese escenario, como recalcan, prevalece «el principio de cumplimiento de las resoluciones judiciales y su adecuación al estado de alarma».

Los magistrados dejan claro que la declaración del estado de alarma «no legitima el incumplimiento de resoluciones judiciales». Es decir, que «ni la vigencia del sistema de custodia compartida ni el régimen de visitas en un sistema de custodia exclusiva han quedado en suspenso por las limitaciones de circulación» que conlleva el confinamiento.

Piden así a los excónyuges «un ejercicio responsable de la potestad parental» para preservar la salud de sus hijos, respetando los consejos sanitarios, así como invitan a llegar «a los mayores acuerdos posibles».

Custodia compartida

¿Y qué sucede en los casos de custodia compartida? Sus señorías disponen que «se deberán efectuar los cambios en las fechas que correspondan, correspondiendo a los progenitores la adopción de las medidas adecuadas para garantizar la menor exposición al exterior de sus hijos con ocasión de dichos cambios».

Asimismo, dejan claro que se mantendrán las visitas de fines de semana «en los supuestos de custodia tanto compartida como individual, y exista o no pernocta». Las visitas intersemanales sólo se suspenden en los casos sin pernocta, en los casos con pernocta se deben respetar.

En los casos de que la entrega y la recogida se produzca en los Puntos de Encuentro Familiar, se mantendrá la medida siempre y cuando el lugar haya adoptado todas las prevenciones para evitar el contagio del coronavirus. Y en caso de que haya sido cerrado, las recogidas «deberán hacerse en el domicilio del progenitor que finalice su estancia». Eso sí, si hubiera una medida de alejamiento entre los progenitores, las entregas y recogidas se articularán a través de una tercera persona mayor de edad.

Desplazamiento

Si la Policía Nacional o la Guardia Civil parase a alguno de los padres a la hora de efectuar la entrega o recogida, «la copia de la resolución correspondiente» será suficiente para acreditar la necesidad del desplazamiento del menor y del progenitor que les acompañe.

Los magistrados aconsejan recurrir a sus abogados a los excónyuges en caso de falta de entendimiento en estos días de pandemia, a fin de que medien. «La sensatez, la confianza, la seguridad, el consenso, el diálogo y el superior interés de los menores deben guiar, en una situación excepcional como la actual, la actuaciones de todos los operadores jurídicos que intervienen en los procesos de familia», subrayan sus señorías.

El acuerdo de la Junta Sectorial ha sido remitido tanto al Colegio de Abogados de Granada, a la sala de Gobierno del TSJA y a la Delegación de Justicia de la Junta de Andalucía.

«Nosotros hemos llegado a un acuerdo por el bien de nuestros niños»

Sandra es una mamá divorciada del área metropolitana de Granada. Su ruptura matrimonial se produjo hace más de cinco años, un tiempo en el que el diálogo con su exmarido no ha sido precisamente fluido. Ambos tienen dos hijos menores de edad; uno en edad escolar y otro en el instituto. Cuentan con un régimen de visitas establecido judicialmente y esta crisis sanitaria por el COVID-19 ha servido para limar asperezas y relajar tensiones. «Nos preguntamos por nuestra salud y hemos llegado a un acuerdo por el bien de nuestros niños», explica esta granadina a IDEAL.

Como ella tiene que acudir a su puesto de trabajo algunos días y él es autónomo, los menores se han quedado con él los primeros días desde que se declaró el estado de alarma, pero este fin de semana han estado con ella. «Me propuso que se quedaran los niños con él, porque a la hora de trabajar pensaba dejarlos con mi madre, que está delicada», explica, para enfatizar que además así se reducen riesgos para todos. «Hemos hablado en estos días más que nunca», desvela Sandra, que ha sabido coordinarse a la perfección con su ex en esta crisis. Ambos toman todas las medidas de prevención y se han demostrado que en los momentos más difíciles triunfa el diálogo y que hay que hacer un esfuerzo y entenderse por ellos, para que realmente todo salga bien.

Una abogada y edil muestra su inquietud por el traslado de menores entre pueblos

María Rodríguez es, además de abogada, concejala en el Ayuntamiento de Salar, y ayer quiso mostrar a este diario su inquietud ante el cumplimiento del régimen de visitas de los menores por parte de los progenitores custodios en los momentos actuales, porque, en su opinión, es «incoherente» con el resto de las políticas sanitarias adoptadas por el Gobierno para gestionar el COVID-19«.

A juicio de esta edil, el traslado de un menor de un pueblo a otro, como está sucediendo entre dos municipios de su comarca, pone la salud del niño en peligro. «De la misma manera que no andamos cambiando a los mayores de domicilio, de la casa de un hijo a otro, por tratarse de población de alto riesgo, tampoco lo debemos hacer con los menores y menos, aún si se trata de un bebé», ha opinado.

La abogada y concejala ha hecho referencia en este sentido a una resolución judicial que acaba de ser dictada por un juzgado de Loja y que permite a un padre ver a su hija en una visita intersemanal, un tipo de visita que en el Partido Judicial de Granada ha sido supendida (siempre que sea sin pernocta) mientras esté vigente el estado de alarma.

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