El enfado de una adolescente por tener el móvil roto que acabó en una denuncia por abuso sexual
Absuelven a un vecino de Granada que había sido condenado por dar un beso en la boca a la nieta de su mujer
La adolescente estaba muy enfadada porque se le había roto el móvil. Fue a una tienda especializada en telefonía para que se lo reparasen, pero, ... tras cuatro horas de espera, regresó a casa con el celular roto... Y un importante disgusto, porque «estaba acostumbrada a conseguir todo lo que quería». Ese fue el contexto en el que ocurrió un suceso que acabó en un cuartel de la Guardia Civil. La chica denunció al marido de su abuela, con los que convivía, por darle un beso en la boca, o lo que es lo mismo, por agredirla sexualmente.
El caso acabó en juicio y el procesado fue condenado a un año de cárcel por abusar de la joven. Disconforme con el fallo, el reo presentó un recurso ante la Audiencia de Granada y ha logrado su absolución.
Los jueces del tribunal provincial no establecen una relación de causa y efecto entre el enojo de la menor porque se le había estropeado el móvil y su decisión de acusar al hombre, pero dedican una buena parte de la sentencia a enfatizar que la supuesta víctima estaba irritada por la avería del aparato. «En la denuncia presentada ante la Guardia Civil la menor afirma que la pareja de su abuela le cogió la cara y le besó en la boca. En su declaración en el juzgado de Instrucción afirma que esa tarde estaba enfadada, que se fue al cuarto donde estaba (el procesado) y éste le preguntó qué le pasaba; que le contó que quería un móvil y él le dijo que hablaría con la abuela y se lo compraría, que le pidió que se acercara y (haciendo un gesto con los brazos) la cogió y le metió la lengua en la boca y ya gritó y llamó a su abuela», recuerda la resolución judicial los primeros testimonios de la niña.
Versión diferente
Sin embargo, durante la vista oral, ofreció una versión diferente y en la que aportó más detalles sobre cómo era su estado de ánimo el día de los hechos. «Estaba muy enfadada porque había estado cuatro horas en el centro comercial intentado arreglar un móvil sin poder hacerlo, que se metió en el cuarto pensando que (el investigado) estaba dormido, pero que se levantó y le preguntó qué le pasaba, ella se lo contó y le dijo acércate que te de un abrazo, que ese momento hizo 'pan' y la iba a besar y estuvo a ésto (haciendo una señal) de meter la lengua, se apartó rápido y llamó a su abuela y le dijo que le había metido la lengua», explica la sentencia.
La abuela, por su parte, manifestó que escuchó voces y que su nieta salió de la habitación de su marido, pero que fue él quien la echó del cuarto.
No basta con «creérselo»
En este sentido, la Audiencia recalca que la declaración de la denunciante, de acuerdo con la doctrina del Supremo, no es suficiente para condenar al imputado. «La palabra de un solo testigo, sin ninguna otra prueba adicional, puede ser suficiente en abstracto para alcanzar la convicción subjetiva. Ahora bien, la exigencia de una fundamentación objetivamente racional de la sentencia hace imposible apoyar una condena sobre la base de la mera 'creencia' en la palabra del testigo, a modo de un acto ciego de fe. No basta 'creérselo', es necesario explicar por qué es objetiva y racionalmente creíble; y por qué de ese testimonio se puede seguir una certeza con solidez suficiente para no tambalearse ante otros medios de prueba contradictorios, (...) se exige una valoración de la prueba especialmente profunda y convincente respecto de la credibilidad de quien acusa frente a quien proclama su inocencia», concluye el fallo.
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