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Confirmada la condena a una motrileña por estafar a la discapacitada a la que cuidaba

Confirmada la condena a una motrileña por estafar a la discapacitada a la que cuidaba

La acusada se aprovechó de que la víctima sufría severas limitaciones físicas y psíquicas para sustraerle 22.500 euros tras efectuar 83 retiradas de dinero

C. MORÁN

GRANADA

Jueves, 1 de enero 1970

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La acusada ha gastado su último 'cartucho jurídico', pero no ha logrado librarse de la condena de dos años y medio de cárcel que le impuso la Audiencia de Granada por haber estafado a una mujer discapacitada a la que cuidaba.

El Tribunal Supremo ha dictado un auto -una resolución motivada- en el que rechaza de plano la admisión del recurso planteado por la procesada contra la sentencia de la Audiencia, lo que significa que aquel fallo ya es firme. Es decir, que la encausada, vecina de Motril al igual que la víctima, tendrá que cumplir la pena y devolver a la damnificada los 22.500 euros que les sustrajo aprovechándose de sus «limitaciones físicas y psíquicas», recuerda el Supremo.

Los sucesos que ahora ha zanjado definitivamente la justicia ocurrieron entre noviembre de 2013 y octubre de 2014, una temporada durante la cual la condenada llegó a efectuar 83 «retiradas de efectivo a través de cajeros automáticos contra las cuentas bancarias de la perjudicada», recoge el auto.

Se da la circunstancia de que la acusada había estado asistiendo a la víctima desde 2008 sin que ocurriera nada anómalo. La cuidadora atendía con normalidad «a todas las necesidades» de la afectada, que eran importantes dada sus «limitaciones físicas y, sobre todo, psíquicas».

Tarjetas

En otras palabras, que durante más de cinco años, la procesada no parece que diese motivos de queja. Ese periodo de tranquilidad terminó el viernes 22 de noviembre de 2013, cuando la imputada «decidió coger del bolso» de la mujer para la que trabajaba «sus tarjetas de crédito para disponer de ellas durante el fin de semana y devolverlas el lunes, (...) contando con la seguridad de que la dueña (debido a su discapacidad) no las utilizaría ni las echaría de menos durante un tiempo», recuerda el Supremo el relato de los hechos.

El mismo día que se apoderó de las tarjetas, la empleada doméstica intentó sacar 450 euros de un cajero automático, pero no lo consiguió. No se dio por vencida y poco después volvió a probar suerte. En esta ocasión sí tuvo éxito y obtuvo un reintegro de 300 euros.

La encausada, a fuerza de acompañar a la víctima a realizar operaciones bancarias durante años, se hizo con los números de las tarjetas de esta, lo que le permitía apropiarse de sus ahorros sin problemas.

Como la primera vez le salió bien la jugada, insistió «durante los siguientes once meses, movida por lograr» su «ilícito enriquecimiento, y extrajo periódicamente, y cada vez con más frecuencia, de diferentes cajeros automáticos distintas cantidades de dinero que incorporaba a su patrimonio», refiere el auto del Supremo.

En total fueron 83 retiradas de efectivo por un valor de 22.500 euros. Y la acusada llevó a cabo esos manejos «prevaliéndose de la situación física y anímica en que se hallaba la víctima», lo que añade una mayor gravedad al delito.

La trabajadora, que fue despedida en 2014 por razones disciplinarias, no devolvió el dinero, según constaba en la sentencia de la Audiencia.El caso es que la encausada recurrió aquel fallo para intentar que el Supremo anulase su condena con el argumento de que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia. En este sentido, ofreció dos versiones de los hechos: que «las disposiciones dinerarias» que se le atribuían «pudieron haber sido realizadas por otras personas allegadas a la perjudicada» y que las «cantidades que reconoció haber retirado del cajero (1.800 euros a razón de 300 euros mensuales) fueron percibidas previo consentimiento de la perjudicada». El Supremo no ha tenido en cuenta esas alegaciones.

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