Condenan a cuatro años de prisión a un abuelo por abusar sexualmente de su nieta pequeña en Granada
La niña acabó revelando a su padre lo que le estaba ocurriendo por el «asco» que le daban aquellos tocamientos
La Audiencia Provincial de Granada ha condenado a cuatro años y un día de prisión a un abuelo por abusar sexualmente de su nieta cuando ... tenía siete años. Además le ha impuesto la prohibición de acercarse a la menor, su domicilio, su centro escolar o cualquier sitio que frecuente a una distancia inferior a 200 metros durante ocho años. Tampoco podrá mantener con ella contacto escrito, verbal o visual con ella.Por ningún medio.
Estas prohibiciones, según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso IDEAL, las habrá de cumplir simultáneamente con la pena de prisión. Asimismo, el fallo, que podía ser recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA), impone al acusado cinco años de libertad vigilada.
Los tocamientos ocurrieron durante los años 2016 y 2017, y el caso llegó a juicio el pasado mes de mayo. La sentencia considera probado que el acusado, que roza los 60 años, mantuvo acogidos en su domicilio a su hija y a los dos pequeños de esta, una niña de entonces ocho años –la víctima– y un niño de cuatro. La mujer se había separado y por eso se fue a vivir allí. En la casa, residían, además del acusado, su esposa y otro hijo del matrimonio mayor de edad.
La madre de los pequeños y estos ocuparon un dormitorio de los tres que había en la casa. Los críos dormían en la misma cama y, como ella madrugaba mucho (empezaba su jornada laboral a las 6.00 horas), eran los abuelos los que se ocupaban de los nietos por la mañana hasta que se quedaban en el colegio.
Según figura en la resolución, cuando la madre se marchaba, la abuela solía levantar a la niña para asearla, peinarla y vestirla, y la dejaba sola en el sofá o en el sillón existentes en el cuarto de estar hasta que se marchaba también a su trabajo sobre las 6.40 horas, dejando al abuelo con los niños encargado de prepararles el desayuno y llevarles luego al colegio.
Respeto
Los tocamientos sucedieron «en varias ocasiones cuya fecha y frecuencia no se han podido determinar» y, a la hora de llevarlos a cabo, el acusado se aprovechó «del respeto y la confianza que la niña le tenía por ser su abuelo materno y vivir en su casa».
El procesado, según la Audiencia, cometía los abusos metiéndose en la cama cuando todavía dormían los niños, «para dar satisfacción a los deseos sexuales que le despertaba su nieta». Esa deleznable conducta también la ejecutó «en otras dependencias de la casa», como en el sofá del salón, sentando a la cría «sobre sus piernas». En una única ocasión los tocamientos ocurrieron en un cuarto de baño de la vivienda.
El fallo revela que la situación cesó cuando la niña, aprovechando que estaba pasando la Semana Santa con su padre, le reveló la noche del 6 de abril de 2017 lo que el abuelo materno le hacía. La cría estaba «hastiada ya de sus prácticas sexuales por el asco que le daban, sin ser consciente en aquel momento de la trascendencia de estos actos para su indemnidad sexual ni acusara síntomas psicopatológicos de carácter reactivo».
Para la Audiencia de Granada, que aprecia una atenuante en las dilaciones indebidas que ha tenido el proceso, el acusado cometió un delito de abuso sexual a menor de 16 años.
Videollamada
Se da la circunstancia de que la defensa aportó, como prueba de descargo, la grabación de una videollamada en la que la menor admitía a sus tías que a lo mejor lo ocurrido podía ser mentira. Pero lejos de servir para dar un giro de 180 grados al caso, ha servido para todo lo contrario: reforzar la convicción del tribunal de la veracidad de los abusos.
«La prueba en cuestión no puede surtir efectos como prueba de descargo, al tener su origen en un medio ilícito que, a mayor abundamiento, fue utilizado sin pensar en la niña y atentando contra su superior interés de mantenerla al margen del proceso que las circunstancias demandaban, como menor de edad y presunta víctima de un delito», señala el tribunal, que concluye que aquella manifestación de la niña grabada por sus tías no fue espontánea sino «forzada», realizada bajo presión, para tratar de exculpar al abuelo y evitar su ingreso en prisión.
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